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Imagen: Distintas Latitudes
Financiamiento de la política.

Ingresan proyecto de ley para reforzar el financiamiento de actividades partidistas que favorezcan la participación política de la mujer.

A fin de permitir la imputación de gastos en la realización de seminarios, estudios y actividades de difusión destinados a la preparación de mujeres para ser candidatas a cargos de elección popular y para el ejercicio de este.

27 de julio de 2021

La moción, presentada por las Diputadas Karin Luck, Ximena Ossandón y Andrea Parra, y por los Diputados Bernardo Berger, Andrés Longton, Leopoldo Pérez y Renzo Trisotti, modifica la Ley Orgánica Constitucional sobre Partidos Políticos y la Ley Orgánica Constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, con la finalidad de permitir la imputación de gastos en la realización de seminarios, estudios y actividades de difusión, entre otros, destinados a la preparación de mujeres para ser candidatas a cargos de elección popular y para el ejercicio de este. Del mismo modo, se pretende capacitar a mujeres en jefaturas de campaña y otras actividades de este estilo, con la finalidad de fomentar su participación en la política.

El proyecto reconoce que se han logrado avances a lo largo del tiempo para la incorporación de la mujer a la actividad política, siendo uno de los mayores ejemplos la implementación de una ley de cuotas en las pasadas elecciones parlamentarias. Dicha medida, que trajo consigo un aumento considerable de la presencia de mujeres en el Congreso, vino aparejado de otros elementos, tales como aportes adicionales a los partidos políticos por cada mujer que resultara electa en dicha elección. En ese mismo sentido, se estableció que dentro de las actividades propias de los partidos políticos se encuentra la promoción de la participación política inclusiva y equitativa de las mujeres, cuestión que se tradujo en la obligación de utilizar al menos un 10% del total de aportes estatales en dicho propósito.

Al respecto, el Servicio Electoral ha establecido que gasto de fomento de la participación política de la mujer es todo aquel que tiene por finalidad directa incentivar y permitir el rol activo de la mujer en las distintas instancias del partido. Sin embargo, el SERVEL ha especificado que no se considerarán dentro del ítem fomento a la participación política de la mujer los seminarios, estudios y actividades de difusión, entre otros, destinados a la preparación de mujeres para ser candidatas a cargo de elección popular. Esto, en razón de que para este tipo de actividades se encontrarían contempladas en el presupuesto correspondiente a “Gastos de las actividades de preparación de candidatos a cargo de elección popular”.

Pues bien, con la finalidad de permitir la contabilización de los gastos derivados de seminarios, estudios y actividades de difusión destinados a la preparación de mujeres para ser candidatas a cargo de elección popular, entre otros, el proyecto de ley propone la modificación de la legislación atingente.

Para ello incorpora un inciso final del artículo 34 de la Ley N° 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, del siguiente tenor: “Serán compatibles, fuera del periodo de campaña electoral, los gastos señalados en los literales l) y ñ) del presente artículo”.

También incorpora en el inciso primero de la disposición transitoria primera de la ley Nº 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, luego de “mujeres en política” la frase “e implementar cursos y/o actividades de capacitación para el ejercicio de cargos públicos representativos, así como para afrontar la candidatura que les permita acceder al mismo.”

La iniciativa pasó a la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización para su discusión y posterior votación.

Vea texto de la moción, su discusión y análisis en Boletín N° 14476-06.

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