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Moción.

Proyecto de ley establece obligación para las empresas de transporte de contar con seguro de carga para los transportistas propios y tercerizados.

No es admisible que un trabajador decida arriesgar su vida por miedo a un descuento en las remuneraciones.

2 de agosto de 2021

La moción, patrocinada por los Diputados Nino Baltolu, Sergio Bobadilla, Juan Antonio Coloma, Juan Fuenzalida, Sergio Gahona, Javier Hernández, Cristian Labbé, Cristhian Moreira, Nicolás Noman y Gastón Von Mühlenbrock, modifica el Código del Trabajo, a fin de establecer la obligación para las empresas de trasporte de contar con un seguro de carga para los transportistas propios y tercerizados.

La iniciativa expone que, atendida la pandemia por COVID-19, aumentaron significativamente las compras por internet, provocando un aumento sustancial en la carga de trabajo de las empresas transportistas, lo que originó, a su vez, un aumento en los actos delictuales que aqueja a dicho rubro, especialmente el robo de la carga que transportan.

Añade que los transportistas han denunciado que, en tales situaciones, las empresas principales descuentan de sus remuneraciones las cargas robadas, lo que constituye un evidente detrimento del sustento familiar y la capacidad económica de quienes prestan dicho servicio.

Al respecto, hace presente que, si bien la empresa principal externaliza sus servicios de reparto mediante la contratación de transportistas -quienes ingresan a la empresa principal bajo la modalidad de empresa prestadora de servicios-, son éstas las que deben contratar a su costa el personal necesario para llevar a cabo las funciones de reparto, a saber, peonetas, chofer, entre otros. Además, ante la pérdida de la carga, el robo de ella, como cualquier otro incidente proveniente de caso fortuito o fuerza mayor, es la empresa prestadora de servicios quien debe responder por el total de ellas, y no la empresa principal.

No obstante, no existe obligación de contar con seguros, cuestión especialmente compleja si se considera que las empresas prestadoras de servicios son micro, pequeñas y medianas empresas que no pueden necesariamente contratar un seguro de carga, y deben enfrentar las consecuencias de la pérdida de ésta, mediante descuentos sucesivos y periódicos, provocando que los transportistas defiendan la carga hasta con su vida.

Por ello, la moción propone establecer condiciones mínimas para que los trabajadores de empresas de transporte, puedan cumplir con sus funciones de forma segura, sin tener que exponer su vida, consagrando en el Código del Trabajo la obligación para la empresa principal de contar con seguros de carga, incluso para aquellos transportistas que se encuentran subcontratados o externalizados, en los siguientes términos:

“Las empresas del rubro de transporte, deberán contar obligatoriamente con seguros que protejan la carga. Estos seguros cubrirán la carga transportada por transportistas de la empresa, como también aquella carga transportada por transportistas cuyos servicios se hayan externalizado bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios”.

 

Vea texto de la moción y siga su tramitación aquí.

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