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Diario Constitucional
Comisión de Salud.

Proyecto de ley crea el estatuto de aseguramiento, protección y protección de la salud mental.

Persigue asegurar, proteger y promover la salud mental de la población, entendida como un estado de bienestar emocional, psicológico y social, que le permita a la persona adaptarse y afrontar las tensiones de la vida diaria, desde el nacimiento y hasta su muerte.

11 de agosto de 2021

La moción, patrocinada por las senadoras Goic y Von Baer, y los senadores Coloma, Lagos y Quinteros, crea el estatuto de aseguramiento, protección y promoción de la salud mental.

La iniciativa, señalan, tiene como idea central asegurar, proteger y promover la salud mental de toda la población, entendiendo esta como un estado de bienestar emocional, psicológico y social, que le permite a la persona adaptarse y afrontar las tensiones recurrentes de la vida diaria, desde el nacimiento y hasta su muerte, debiendo el Estado desarrollar políticas, planes y programas que garanticen el máximo grado de bienestar de las personas.

De igual manera, añaden los autores de la moción, que, desde un enfoque de ejercicio de derechos, las políticas de salud no sólo deben centrarse en el acceso a la atención de salud mental y al tratamiento de la enfermedad, sino también deben apuntar a impactar las condiciones y espacios de vida que propiciaron dicha enfermedad, y establecer
mecanismos de participación para generar y potenciar las condiciones para el ejercicio de sus derechos.

Mencionan que las modificaciones que se pretenden introducir al ordenamiento jurídico nacional van en la línea de la prevención, el aseguramiento y promoción de la salud mental, apuntando a que todos los órganos del estado, los colegios, universidades, unidades productivas, entre otros, adopten la cultura de la salud mental y el ambiente sano de trabajo o convivencia, basados en el respeto y la dignidad de la persona humana.

A los fines indicados, en específico, indican que el proyecto de ley:

a)Consagra el deber de todos los órganos del Estado de velar por la salud mental de sus funcionarios.

b) Consagra la obligación de los empleadores, en los mismos términos.

c) Obliga a todo establecimiento educacional a tener una política de salud mental, a su promoción y a capacitar a todos los miembros de la comunidad en la materia.

La iniciativa introduce modificaciones en las leyes N°20.370 , N°20.248 , N°18.575 y al Código del Trabajo , entre otras enmiendas.

 

Vea texto de la moción, análisis y discusión del proyecto de ley Boletín 14.505-11.

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