Covid-19.
Proyecto de ley rebaja en un 50% el impuesto específico a las gasolinas automotrices y petróleo diésel, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional, o en caso de alguna calamidad pública que afecte o comprometa gravemente el empleo e ingresos de la ciudadanía.
La iniciativa tiene como idea matriz ir en ayuda de las personas que luego del estallido social y la pandemia han visto afectados sus ingresos por la pérdida de empleos.

La moción, patrocinada por los diputados Cárter, Rentería y la diputada Amar fue aprobada en general y rechazada en particular por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
El proyecto fue declarado inadmisible en un inicio, debido a que la reducción del impuesto implica un menoscabo en los fondos del fisco, motivo por el cual corresponde a iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Sin embargo, la Sala de la Cámara de Diputados revirtió dicha inadmisibilidad.
Señalan los autores que el impuesto Específico al Combustible (IEC), tiene su origen en la ley 18.502 de 1986, que estableció un impuesto específico a los combustibles que se aplica al consumo de gasolinas automotrices, petróleo diésel, gas licuado de petróleo de consumo vehicular y gas natural comprimido de consumo vehicular. El objetivo de dicha norma, explican, fue aplicar los tributos para financiar la reconstrucción de caminos y carreteras producto del terremoto de 1985.
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