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Guía legal.

Sobre las disposiciones de la Ley de Control de Armas acerca del uso y venta de fuegos artificiales y las sanciones.

Se sanciona a los que posean o tengan fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas sin la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN). La pena para este delito es de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) o multa de 5 a 20 unidades tributarias mensuales.

28 de agosto de 2021

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se da a conocer información sobre el uso y venta de fuegos artificiales.

¿Qué elementos considera la Ley de Control de Armas respecto de la pirotecnia?
Los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas están incluidos en el control que establece la ley de Control de Armas.

¿En qué caso se sanciona la posesión de fuegos artificiales?
Se sanciona a los que posean o tengan fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas sin la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN).

La pena para este delito es de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) o multa de 5 a 20 unidades tributarias mensuales.

¿Qué otro delito se sanciona en relación con los fuegos artificiales?
Se penalizan una serie de conductas relacionadas con la pirotecnia.

Los que sin la competente autorización fabriquen, armen, elaboraren, adapten, transformen, importen, internen al país, exporten, transporten, almacenen, distribuyan, ofrezcan, adquieran o celebren convenciones respecto de los fuegos artificiales serán sancionados. La pena será de presidio menor en su grado medio (541 días a tres años) y multa de 10 a 20 unidades tributarias mensuales.

¿Qué pasará respecto de los locales usados para cometer estos delitos?
El juez puede decretar la clausura definitiva de los establecimientos o locales si se usaron a sabiendas de su propietario o encargado, o no pudiendo este menos que saberlo. Asimismo, durante el proceso judicial respectivo, el juez podrá decretar, como medida cautelar, la clausura temporal de dichos establecimientos o locales.

¿Qué pena recibe quien active, accione o dispare fuegos artificiales sin autorización?
El que, sin la competente autorización, accione, active o dispare fuegos artificiales será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio (61 días a tres años) y multa de 10 a 20 unidades tributarias mensuales. Si el uso de los fuegos artificiales turba gravemente la tranquilidad pública o infunda temor en la población se aplicará la pena de presidio en su máximo.

¿Qué pena hay por usar fuegos artificiales en el marco de espectáculos de fútbol profesional?
Se aplicará la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a tres años).

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