Consumo de drogas.
Reforma Constitucional establece como causal de cesación de cargos públicos la dependencia al consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales.
A menos que justifiquen su consumo para un tratamiento médico.

La moción de la Diputada Pamela Jiles y del Diputado Félix González, modifica la Constitución para establecer como causal de cesación en los cargos de Presidente de la República, Ministro de Estado, Diputado o Senador, Jueces, Fiscal Nacional, Fiscales Regionales, miembros del Tribunal Constitucional, Consejeros Regionales, Contralor General de la República, Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea y General Director de Carabineros, Gobernador Regional, Delegado Presidencial Regional, Delegado Presidencial Provincial, Alcaldes y Concejales, la dependencia del consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales
Los autores de la moción señalan que según la Constitución el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Lo que significa que los funcionarios y las personas que ejerzan cargos de elección popular deben actuar con honradez, rectitud e integridad, esto es, “observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular” (artículo 52, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado).
Observar una conducta funcionaria intachable, agregan, significa que las actuaciones de los servidores públicos deben adecuarse completamente a los deberes que les fija la ley y constituir un testimonio de ética pública ante la comunidad.
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