Lex artis.
Demanda de indemnización de perjuicios contra médico y Centro de Salud, es acogida. La incorrecta introducción del endoscopio provocó una perforación en el esófago del actor.
El demandado no probó que la técnica y los medios utilizados en el procedimiento médico hayan sido adecuados a la lex artis que profesa.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Talca, que confirmó el fallo de primer grado que acogió la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta en contra de un médico y un centro de salud, por cuanto el primero introdujo incorrectamente el endoscopio al actor, provocándole una perforación en el esófago.
El Tribunal de Primera Instancia, para acoger la demanda, tuvo presente que “el demandante una vez ingresado a pabellón para practicarle el examen de endoscopía, fue preparado, suministrándole los medicamentos necesarios para realizar el examen y al menos en tres oportunidades se le intentó hacer el examen, y en cada una dichas oportunidades el demandante frustró que éste fuese terminado por impedirlo al intentar sacarse el endoscopio”.
Agrega que, también se acreditó que “el actor habría presentado dolores de pecho, por lo que habría concurrido al Servicio de Urgencia de Colbún, luego del Hospital de Linares y concluyendo en el Hospital de Talca, donde habría sido operado”. De acuerdo a la ficha clínica del demandante, “concluye que la perforación de la hipofaringe de éste, fue producida al intentar introducirse la primera vez el endoscopio”.
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