Noticias

Imagen: www.ipsuss.cl
“Ley Dominga”.

Ley que establece medidas especiales en caso de muerte gestacional o perinatal, fue publicada en el Diario Oficial.

La nueva normativa surge en el contexto de los múltiples casos de muertes gestacionales que sufren las familias chilenas.

3 de octubre de 2021

En el Diario Oficial fue publicada la Ley N°21.371, que establece medidas especiales en caso de muerte gestacional o perinatal.

La norma modifica la Ley derechos y deberes de los pacientes, estableciendo que los prestadores de salud deben realizar acciones concretas de contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre, u otra persona gestante, que hayan sufrido la muerte gestacional o perinatal, así como también para el padre o aquella persona significativa que la acompañe.

Para ello, encarga al Ministerio de Salud la dictación de una norma técnica que establezca los mecanismos o acciones concretas que deberán realizar los establecimientos de salud, otorgándole un plazo de seis meses para su elaboración.

En materia laboral modifica el artículo 66 del Código del Trabajo, aumentando los números de días de permiso para el padre o madre que sufra la pérdida de una hija o hijo. De esta forma, en caso de muerte de un hijo o hija, él y la trabajadora tendrán derecho a 10 días corridos de permiso pagado; y, en caso de ocurrir una muerte gestacional o perinatal, el permiso será de 7 días hábiles.

A su vez, conserva los otros permisos por situación de duelo del trabajador. En consecuencia, mantiene el permiso de 7 días corridos en caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente civil, y aquel de 3 días hábiles en caso de fallecimiento del padre o de la madre del trabajador.

Respecto de todos los casos, el permiso es adicional al feriado anual e independientemente del tiempo de servicio.

 

Vea texto de la Ley N°21.371.

 

RELACIONADOS

Muerte gestacional y deshumanización: ley Dominga busca revertir esta realidad…

Juzgado Civil de Santiago ordena a hospital indemnizar a madre de menor fallecida por asfixia intrauterina…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *