Diario Constitucional

Debido a la aprobación del proyecto inmobiliario.

Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente reclamación de un grupo de vecinos de Vitacura contra proyecto inmobiliario “Conjunto Armónico Portezuelo”.

Judicatura especializada ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental complementar evaluación del riesgo asociado a la falla de San Ramón en base a estudios geológicos recientes y con la participación de las entidades públicas competentes.

Por Redacción·11 de octubre de 2021·5 min de lectura
Imagen: emol
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El Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente la reclamación interpuesta por un grupo de vecinos de Vitacura en contra de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, debido a la aprobación del proyecto inmobiliario “Conjunto Armónico Portezuelo”, ubicado en dicha comuna.

“Se resuelve acoger parcialmente la reclamación interpuesta por las abogadas Ana Lya Uriarte Rodríguez y Valentina Durán Medina, en representación de la reclamante, en contra de la Resolución Exenta N° 113/2020, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, la cual rechazó la solicitud de invalidación de la RCA N° 467/2019, que calificó favorablemente el proyecto ‘Conjunto Armónico Portezuelo’”, dice la sentencia.

Con esta decisión, el Tribunal dejó sin efecto parcialmente ambas resoluciones, “sólo en cuanto al análisis del riesgo relativo a la falla de San Ramón, dejando subsistente todo lo demás”, ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que complemente la evaluación asociada a la falla, sobre la base de estudios geológicos recientes, tomando en cuenta lo señalado al respecto en la sentencia y con la participación de los organismos públicos competentes sobre la materia, esto es a lo menos, el Sernageomin, la Onemi y la Municipalidad de Vitacura.

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