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Corte de San Miguel confirma fallo que condenó a oficiales de Carabineros (r) por cuatro secuestros calificados en La Granja.

El Tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, que condenó a Héctor Fernando Osses Yáñez a la pena única de 16 años de presidio y a Aquiles Bustamante Oliva a la pena única de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.

Por Redacción·13 de octubre de 2021·3 min de lectura
Acción de protección no es la vía idónea para evaluar el mérito de las actuaciones cumplidas en un sumario administrativo, resuelve la Corte de San Miguel.
Referencial

La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a dos oficiales de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestro calificado de Carlos Segundo Araya Fuentes, Óscar Emilio Araya Fuentes y Manuel Antonio Valencia Norambuena. Ilícitos perpetrados a partir del 6 octubre de 1973, en la comuna de La Granja.

El Tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, que condenó a Héctor Fernando Osses Yáñez a la pena única de 16 años de presidio y a Aquiles Bustamante Oliva a la pena única de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.

“Que, de las pruebas allegadas al proceso, se infiere que la detención de las víctimas por parte de funcionarios de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja y su posterior ejecución ocurrió bajo el control de quienes se encontraban al mando de la referida unidad policial –Osses y Bustamante–, que actuaron como jefes de los agentes ejecutores de la concreción de los hechos investigados”, sostiene el fallo.

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