Derecho a la libertad.
TEDH condena a Moldavia por mantener en prisión preventiva a una mujer sin que existieran antecedentes que permitieran sospechar razonablemente de que había cometido el delito.
Tener una sospecha razonable presupone la existencia de hechos o información que satisfagan a un observador objetivo de que la persona imputada puede haber cometido el delito.

El caso se refiere a la prisión preventiva decretada en perjuicio de la demandante durante casi un año. La actora refiere que no existía una sospecha razonable de que hubiera sido autora del delito de emisión de documentos falsos que se le imputaba. Además, los tribunales se retrasaron dos semanas en conocer el recurso de amparo interpuesto en su favor.
Luego de la prisión preventiva, agrega, asumió un nuevo fiscal general, quien declaró haber descubierto que detrás de múltiples casos penales existía una motivación política, y que muchas personas inocentes habían sido condenadas de forma abusiva. Al respecto, refiere que se encontraba entre estos casos, por lo que se ordenó la suspensión del procedimiento penal decretándose su libertad inmediata.
La demandante denuncia la vulneración del artículo 5 (derecho a la libertad y la seguridad) del CEDH.
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