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"Mi tiempo importa".

Proyecto de ley modifica el Código del Trabajo para introducir medidas que promuevan una mejor ordenación del tiempo de trabajo.

El trabajo formal se está tornando incompatible la vida familiar de los trabajadores y atenta contra su salud mental.

6 de noviembre de 2021

La moción, patrocinada por los Diputados Francisco Eguiguren, Gonzalo Fuenzalida y Gabriel Silber, modifica el Código del Trabajo para introducir medidas que promuevan una mejor ordenación del tiempo de trabajo.

El proyecto indica que con los cambios que nuestro país ha experimentado el último tiempo, tales como la automatización, la irrupción de nuevas tecnologías y la pandemia generada por la propagación del virus Covid-19, han surgido nuevas necesidades en relación con la distribución de los tiempos de trabajo, que hacen necesario incorporar en la legislación laboral medidas que complementen el régimen de jornadas laborales actualmente existente y que nos permitan adaptarnos a la nueva realidad.

Agrega que elementos como la compatibilidad entre vida laboral y familiar o la corresponsabilidad parental, cada vez cobran más sentido y se han transformado en uno de los mayores anhelos de los trabajadores. Así, por ejemplo, la adaptabilidad en la distribución de jornadas, respetando los límites legales, las necesidades del trabajador y los requerimientos del empleador, es un elemento que posibilitará la incorporación al mercado laboral de grupos que tradicionalmente han visto más relegada su participación, como lo son los jóvenes, las mujeres, los adultos mayores y las personas con discapacidad. Asimismo, es un elemento que contribuirá a mejorar las altas tasas de informalidad de nuestro país, pues no hay nada más precario que el mercado laboral informal, que no permite acceder a salud, seguridad social, mejores pensiones ni ayudas de reactivación económica, como los bonos al empleo. Por tales razones, estima que es necesario que el Estado desarrolle medidas específicas para fomentar la formalidad, como son la adaptabilidad laboral y el reconocimiento de nuevas formas de trabajo.

En tal sentido, refiere que la conciliación entre la vida personal y el trabajo remunerado es un objetivo pendiente con la ciudadanía. A pesar de los múltiples estudios -nacionales e internacionales- y la experiencia comparada, Chile se ha mostrado aprensivo y dudoso en crear medidas efectivas para lograr los enormes beneficios que ello conlleva, desde aumento en la eficiencia hasta aumento de bienestar mental. Actualmente, las malas tasas de salud mental en el país hacen urgente una mejor conciliación entre la jornada laboral y la vida personal, pues no sólo reduce el estrés de estas principales figuras de apego, sino también incide positivamente en la salud mental de futuras generaciones.

En mérito de lo expuesto, propone otorgar a los trabajadores -hombres y mujeres – con responsabilidades familiares y otros grupos generalmente relegados del mercado laboral, el derecho a solicitar a su empleador la adopción de medidas para adaptar su jornada laboral de manera que de adecúe de mejor forma a sus necesidades, pudiendo el empleador acceder o no a dicha solicitud, estableciéndose estrictos criterios objetivos que permitirán al empleador negarse. Lo anterior, en línea con países como España, Australia, Reino Unido, entre otros, los que ya incorporan en su legislación la figura del “derecho a solicitar”.

Asimismo, plantea una menor rigidez de la jornada para que el trabajador pueda compensar los permisos con goce de sueldo que hubiera solicitado dentro de los sesenta días anteriores o posteriores al otorgamiento del mismo, a elección del propio trabajador.

A su vez, en orden a evitar una proliferación excesiva del trabajo informal, incorpora una nueva modalidad de trabajo otorgando la posibilidad de contratar la prestación de servicios, conforme a las disposiciones del Código del Trabajo, para aquellos trabajadores que desarrollan labores extraordinarias, no permanentes u ocasionales. Así, se permite acordar un contrato de trabajo que se adapte a las necesidades de las partes cuando, por una parte, el trabajador preste servicios de forma esporádica o eventual, según su propia vacancia de tiempo y voluntad y, por otra, el empleador requiera servicios puntuales que se gatillan ocasionalmente, pero con menor periodicidad. En este sentido, la iniciativa busca formalizar la prestación de servicios que generalmente se realizan “en negro” o a través de boletas de honorarios, otorgando la protección propia de una relación laboral formal, regida por el Código del Trabajo, a través de un contrato por hora.

 

Vea la moción y siga su tramitación aquí.

 

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