Procesado por ministra en visita de causas de derechos humanos.
Corte Suprema estima procedente solicitar a Italia la extradición de ciudadano alemán procesado por secuestros en ex Colonia Dignidad.
El máximo Tribunal consideró que se cumplen los requisitos para solicitar la extradición al país europeo para que sea juzgado en nuestro país.

La Corte Suprema estimó procedente solicitar a la República de Italia la extradición del ciudadano alemán Reinhard Doring Falkenberg, procesado por la ministra en visita de causas de derechos humanos Paola Plaza González como cómplice de los secuestros calificados de Juan Bosco Maino Canales, Elizabeth de las Mercedes Rekas Urra y Antonio Elizondo Ormaechea, cometidos el día 26 de mayo de 1976 en la ex Colonia Dignidad.
La sentencia sostiene que en el caso examinado los delitos por los cuales se encuentra procesado el requerido, son delitos comunes, no siendo en consecuencia de aquellos políticos o militares que no hacen procedente la extradición, según se refiere en el tratado suscrito entre los Estados Partes; el delito por el cual fue procesado el requerido es punible con una sanción superior a un año de privación de libertad; se trata de delitos perpetrados en territorio nacional; existe un mandato de aprehensión librado en su contra vigente y la acción penal no se encuentra prescrita por tratarse de hechos punibles que son considerados de lesa humanidad, cometidos en contexto de violaciones sistemáticas a los derechos humanos.
Agrega que se encuentra establecido en el proceso, además, que el requerido, se encuentra detenido en la República de Italia a consecuencia de la orden de detención y captura internacional emanada de los tribunales chilenos.
Te puede interesar

Cometidos en el centro de detención clandestino conocido como “la Venda Sexy” o “la Discoteque”,
Corte de Santiago confirma fallo que condenó a cuatro agentes de la DINA por secuestros y aplicación de tormentos con violencia sexual.

Con voto en contra.
Impugnación contra sentencia que acogió demanda de precario, es acogida. Título invocado sólo debe permitir constatar una situación jurídica que descarte una ocupación simplemente sufrida o soportada por el dueño.

Responsabilidad por falta de servicio.
Sentencia que condena al Fisco pagar indemnización de $100.000.000.- por el fallecimiento de funcionario de Carabineros en acto de servicio, queda firme luego que la Corte Suprema rechazara recurso de casación.

