Diario Constitucional

Opinión.

La denuncia por parte de Nicaragua de la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA): breves apuntes.

La denuncia de un tratado internacional, cual sea este, constituye una figura jurídica consagrada en el derecho de los tratados, tal y como lo establece expresamente el artículo 56 de la Convención de Viena de 1969 sobre Derecho de los Tratados.

Por Redacción·23 de noviembre de 2021·5 min de lectura
Imagen: ipysvenezuela.org
Referencial

Por Nicolas Boeglin (*)

Este 19 de noviembre, cables noticiosos informan que Nicaragua ha anunciado, mediante el jefe de su diplomacia, que ha procedido a notificar la denuncia de la Carta Constitutiva de la Organización de Estados Americanos (OEA) a su Secretario General (véase cable de CNN). La nota oficial de Nicaragua a la OEA, con fecha del 18 de noviembre, esta disponible en este enlace.

Desde la perspectiva estríctamente jurídica, este anuncio de Nicaragua requiere ser brevemente puesto en contexto, al tratarse de una herramienta jurídica (la denuncia) propia del derecho internacional público no siempre correctamente entendida.

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