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Comisión sobre Sistema Político.

Convencionales proponen que se respete la duración del mandato de las autoridades electas por votación popular en la nueva Constitución.

Para que no haya cambios en la duración de los mandatos y se respete lo que establece el actual texto constitucional.

3 de diciembre de 2021

La iniciativa convencional constituyente presentada por Martín Arrau, Marcela Cubillos, Rocío Cantuarias, Constanza Hube, Teresa Marinovic, Arturo Zúñiga, Eduardo Cretton, Felipe Mena, María Cecilia Ubilla, Katerine Montealegre, Harry Jurgensen, Ruth Hurtado, Carol Bown, Claudia Castro, Ricardo Neumann, Pollyana Rivera, busca establecer que se respete la duración de las autoridades electas por votación popular.

Los autores de la propuesta refieren que el pasado 21 de noviembre Chile vivió una elección en la que fueron electas las autoridades que liderarán al país en diversas instancias, junto con dar pie a la segunda vuelta presidencial que permitirá determinar quién conduciría el destino del país en los próximos cuatro años.

Agregan que paralelamente se está en un periodo de definiciones constitucionales por parte de la Convención Constitucional, instancia que propondrá una nueva carta fundamental con determinaciones en el sistema de gobierno y la presidencia de la República, y en particular su duración y atribuciones.

Por lo mismo, con esta coexistencia se debe evitar la incertidumbre de cara al próximo proceso eleccionario, pero también respecto de los parlamentarios y autoridades regionales electas. Tanto más si el 19 de diciembre próximo se elegirá Presidente de la República bajo condiciones, exigencias y facultades vigentes por la actual carta fundamental.

De otra parte, afirman, se debe evitar que la credibilidad de la Convención Constitucional se vea disminuida, la que podría resultar afectada al dejar una decisión como lo es la posible modificación a la figura presidencial, sujeta y pendiente de quien resulte ganador en las próximas elecciones presidenciales.

Chile necesita hoy certezas y no dudas. Por ello, proponen que se acuerde tempranamente que no se alterará la duración del mandato, ni las potestades de las autoridades electas por votación popular durante el funcionamiento de la Convención Constitucional, en conformidad al inciso final del artículo 138 de la actual Constitución.

En base a tales argumentos, proponen como una disposición transitoria de la nueva Constitución, la siguiente norma:

XXXX.- El presente texto no alterará el periodo ni las atribuciones de las autoridades que hayan sido electas por votación popular durante el funcionamiento de la Convención Constitucional».

 

Vea texto  de la iniciativa convencional constituyente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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