Diario Constitucional

Ley Nº 21.394.

Se elimina el trámite de comparecer y hacerse parte en segunda instancia en los recursos de apelación en los juicios seguidos ante los Juzgados de Policía Local.

Se derogan los incisos tercero y cuarto del artículo 32 de la Ley N° 18.287.

Por Redacción·02 de diciembre de 2021·1 min de lectura
El principio de congruencia en materia penal constituye una garantía para la defensa de que el Tribunal no excederá en su condena los hechos descritos en la acusación.
Referencial

La Ley Nº 21.394, de fecha 30 de noviembre de 2021, que introduce reformas el sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción de catástrofe por calamidad pública, modifica la Ley Nº18.287, que establece el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, a fin modernizar el acceso a la justicia local, hacerlo más expedito, rápido y ágil, limitando la presencia física de las personas por motivos sanitarios.

En ese propósito se inscribe la enmienda que eliminó el trámite de comparecer y hacerse parte dentro del plazo de cinco días desde que se reciban los autos en la secretaría del tribunal de segunda instancia, bajo la sanción de declarar desierto el recurso de apelación.

A tal fin Ley Nº 21.394 derogó los incisos tercero y cuarto del artículo 32 de la Ley N° 18.287.

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