Cámara de Diputados.
Despachan a ley norma que elimina el reintegro de recursos derivados de la subvención escolar.
La Cámara aprobó una interpretación a la Ley de Subvenciones Escolares que busca favorecer a los establecimientos, sobre todo de la región de La Araucanía, que se han visto obligados a devolver dineros por diferencias en materia de cálculo de asistencia, que condiciona el pago del beneficio fiscal.

Con 109 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones, la Cámara baja despachó a ley un proyecto, originado en moción, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales.
La iniciativa, informada a la Sala por el diputado Leonidas Romero, interpreta el artículo 13, del DFL 2, del Ministerio de Educación. Este marco normativo se refiere a las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales.
Esta disposición indica que, en los casos en que se suspendan las clases o actividades escolares por un mes calendario, a lo menos, se considerará para los efectos del cálculo, los promedios de asistencia ocurrida en el último mes en que se registró la asistencia efectiva.
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