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Fuente: DW
Caso Deniz Yücel.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a Turquía al pago de una indemnización a periodista detenido ilegalmente.

La detención del periodista en Turquía violó el derecho a la libertad de opinión, así como su derecho a la libertad, seguridad e integridad personal.

31 de enero de 2022

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) declaró que el Estado de Turquía es responsable de las vulneraciones de derechos sufridas por el periodista turco-alemán Deniz Yücel durante su detención entre febrero de 2017 y febrero de 2018.

El periodista fue acusado de realizar propaganda terrorista a favor del Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK), por una entrevista con un supuesto líder de la guerrilla kurda e incitar al odio, cargos por el que la fiscalía pedía hasta 18 años de cárcel.

El Tribunal calificó la detención del periodista como una injerencia en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, pues la prisión preventiva decretada en su contra carecía de fundamento razonables que justificasen su procedencia, volviéndose una medida desproporcionada, que vulnera el artículo 5° de la Convención Europea que obliga a los Estados a justificar las medidas privativas de libertad que se adopten.

Asimismo, el Tribunal observó que los verdaderos motivos de la detención del periodista fue evitar que continuara informando respecto al intento de golpe militar en Turquía de 2016 y la campaña de represión que desencadenó, lo que constituye una violación de su derecho a la libertad y la seguridad amparados en los artículos 26 y 28 de la Convención.

En ese sentido, la Corte advierte que impedir a las personas expresar su opinión mediante detenciones ilegítimas ocasiona graves daños a la comunidad, pues imponer una medida que resulta en una privación de la libertad como en este caso, tiene un efecto disuasivo en la libertad de expresión, al intimidar a la sociedad civil y silenciar las voces disidentes.

En definitiva, el Tribunal Europeo condenó al Estado Turco al pago de una indemnización de trece mil trescientos euros en favor del recurrente por violar su derecho a la libertad de opinión, seguridad e integridad personal.

 

Vea texto de la sentencia.

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