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Imagen: Municipalidaddeantofagasta.cl
Derecho a la honra.

Acción de protección interpuesta por ex Director Jurídico de la Municipalidad de Antofagasta al que el Alcalde le solicitó su renuncia, se acoge a trámite.

El abogado denuncia que fue víctima de una serie de actos vejatorios cometidos por el Alcalde y la Directora de Desarrollo Comunitario, lo que lo llevó a presentar una licencia médica de carácter psiquiátrica.

2 de febrero de 2022

La acción fue presentada ante la Corte de Antofagasta por el ex Director titular de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Antofagasta, en contra del Decreto Alcaldicio N°2.178-2021R, que dispuso la remoción de su cargo.

En su líbelo, el recurrente señala que ingresó a prestar servicios en calidad de Director titular de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Antofagasta, cargo de confianza de la máxima autoridad edilicia, el día 06 de julio del año 2021, bajo la administración del recurrido.

Refiere que, transcurridos cinco meses y medio de trabajo, el día 23 de noviembre es citado a una reunión por parte del Alcalde, a la que él no asiste, pero sí la Directora de Desarrollo Comunitario, reunión en la que se lo humillo frente a todos los asistentes.

Agrega que, en el transcurso de su relación laboral, fue víctima de una serie de actos vejatorios cometidos por la máxima autoridad municipal, quien grababa videos de él sin su consentimiento, para posteriormente mofarse de él a través de la aplicación WhatsApp ante todo el equipo de trabajo.

Indica que, el día 26 de noviembre del año 2021 es citado a una reunión informal con la Administradora Municipal, quien le informa que el recurrido quiere que presente su renuncia. Menciona que, el día 29 de diciembre concretó una reunión con el Alcalde, en la que directamente le solicitó su renuncia, sin emitir razón alguna. El actor sostiene que, el mismo día le envían un correo electrónico solicitándole la renuncia, donde sólo se indica la prerrogativa del artículo 47 de la LOC de Municipalidades, debiendo ésta ser presentada a más tardar al día siguiente a las 12 hora del día.

Ante esta solicitud, el abogado se niega, pues desconoce los motivos o las razones que el Alcalde tendría para solicitar su renuncia, lo que deja de manifiesto la desviación de poder que lleva a cabo.

Indica que, el día 30 de diciembre del año 2021, fue notificado de manera personal del Decreto Alcaldicio N°2.178-2021R, en el cual se declara vacante su cargo, el que considera no cumple con las formalidades más elementales de un acto administrativo terminal, como lo son los considerandos, donde se deben contener las razones por las cuales el Alcalde ha perdido la confianza del asesor jurídico.

Añade que, para justificar su arbitrariedad ante la opinión pública, lo vulnera su honor, el Decreto fue redactado en términos tales que esboza la idea que indebidamente se apropió de dineros municipales, lo cual no tiene asidero.

Las conductas denunciadas, sostiene, vulneran las garantías consagradas en el artículo 19 N°2, N°3 y N°4 de la Constitución y solicita se deje sin efecto el Decreto Alcaldicio N°2.178R.

La Corte de Antofagasta declaró admisible el recurso.

 

Vea texto de la resolución Corte de Antofagasta Rol N°275-2022 y del recurso.

 

 

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