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Recurso de casación inadmisibe.

Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda de cobro de derechos de autor contra productora de espectáculos.

El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Santiago, que confirmó la de primera instancia que acogió la demanda y ordena a la empresa pagar una indemnización equivalente al 8% de los ingresos brutos totales por la venta de entradas, previa deducción del IVA, y una multa de 5 UTM, por infracción a la Ley N°17.336, sobre propiedad intelectual

4 de febrero de 2022

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo, interpuestos en contra de la sentencia que acogió la demanda de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor  (SCD) por el uso de repertorio sin autorización en el espectáculo: “Aniversario Nikkita Arts & Music Party”, organizado por la empresa demandada, Asesorías, Inversiones y Eventos Fario, en mayo de 2015.

El fallo señala que denuncia vulnerado el artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por haberse otorgado valor de plena prueba a instrumentos privados emanados de terceros, los que no tienen ningún elemento para dar por establecido los hechos denunciados, los mismos no fueron reconocidos en el proceso, no se refieren a la ejecución de las obras musicales protegidas por la demandante ni menos individualizan dichas obras. Asimismo, la sentencia no indica cómo fueron valorados dichos documentos, vulnerando así la carga probatoria, conforme dispone el artículo 1698 del Código Civil, que en este caso correspondía al demandante, y consecuencialmente el derecho fundamental al debido proceso.

Agrega que estima infringida la ley N°17.336, especialmente los artículos 19 y siguientes, que determina que nadie podrá utilizar públicamente una obra de dominio privado sin haber obtenido la autorización expresa del titular del derecho de autor, y que en definitiva, fueron las normas en virtud del cual el tribunal a quo falló la causa, razones por las que solicita la invalidación del fallo y la dictación de uno de reemplazo que rechace la demanda en todas sus partes, con costas.

“Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 767 y 772 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo procede contra las sentencias pronunciadas con infracción de ley que influya sustancialmente en su parte dispositiva, debiendo expresarse en el escrito respectivo en qué consiste el o los errores de derecho que adolece la sentencia recurrida”, añade.

Además, para la Corte Suprema de la sola lectura del arbitrio intentado, se desprende que no se acusa la vulneración de normas sustantivas o decisoria litis pertinentes para el caso concreto, debiendo entenderse por tales aquellas con arreglo a las cuales se resuelve el litigio y que son las únicas que pueden influir de un modo sustancial en lo dispositivo de la sentencia; constatándose que en el caso se limita el reproche a la vulneración a lo dispuesto en el artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, denunciando solo de forma genérica las contenidas en la ley N°17.336, sin que la impugnación contenga un desarrollo y explicación adecuados acerca del modo en que se habría producido el vicio respecto de normas sustantivas que puedan incidir sobre la materia debatida y la decisión de fondo; fundamento suficiente para desestimar el arbitrio por adolecer de manifiesta falta de fundamento.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº39.460-2021, Corte de Santiago Rol Nº7782-2019. y primera instancia Rol C-1818-2019

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