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Imagen: lex.ahk.es
Acceso a la justicia.

Iniciativa crea tribunales civiles y sedes judiciales, y modifica el Código Orgánico de Tribunales y la Ley sobre tramitación digital de los procedimientos judiciales.

El proyecto busca fomentar y aumenta el acceso e inclusión al sistema de justicia civil, fortaleciendo así la democracia.

20 de marzo de 2022

El mensaje, ingresado por el Presidente de la República al Senado, que crea tribunales civiles y sedes judiciales, modifica el Código Orgánico de Tribunales y la Ley N°20.886.

La iniciativa nace a partir de un consenso entre los distintos actores del mundo jurídico, entre ellos, jueces, abogados, académicos y operadores del sistema de justicia, sobre la necesidad de un reforma procesal civil sustentado en los niveles de retraso, los procedimientos innecesariamente múltiples, formalistas, escriturados, mediatizados, la rigidez probatoria y un sistema recursivo amplio que propende a una dilación de los procedimientos que generan una mala percepción y desconfianza de la ciudadanía en el sistema de justicia civil.

Se funda, además, en las exigencias que debe cumplir el Estado de Derecho y la necesidad institucional de la protección del derecho e intereses legítimos, y en que organizaciones judiciales inadecuadas tienden a excluir vías procesales y con ello producir discriminación social constituyendo un factor adicional de inequidad y, en consecuencia, un impacto disolvente de la cohesión social.

Para ello, la iniciativa propone la modificación de diversos cuerpos legales para para mejorar el acceso a la justicia de la población en los conflictos civiles y comerciales, para así consolidar el resto de las reformas en áreas como la justicia penal y laboral. En tal sentido, postula el establecimiento de bases orgánicas que posibiliten el funcionamiento de los tribunales del nuevo sistema civil y comercial que pretenden superar las problemáticas antes descritas, a través de la trasformación del proceso civil en uno con plena vigencia de los principios de oralidad, publicidad, contradictoriedad, oportunidad e inmediación, para volverlo un sistema de justicia más accesible y eficiente.

Entre sus objetivos, destaca garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad, hacer efectivo el derecho de todas las personas a una tutela judicial asequible, pronta, efectiva y sin dilaciones indebidas, y, concebir un sistema de justicia civil que ofrezca a toda la población diversos mecanismos adecuados de resolución de conflictos.

Para tales efectos, prevé la creación de los tribunales civiles reformados, sedes judiciales y la disposición de su organización y funcionamiento, como también la supresión y fusión de juzgados de letras de competencia común. Además, modifica el Código Orgánico de Tribunales y la Ley N°20.886 -sobre tramitación digital de los procedimientos judiciales- para establecer la tramitación digital de los nuevos procedimientos. A su vez, establece una dotación de jueces y funcionarios judiciales de los tribunales civiles y de los juzgados de letras de competencia común. Y sitúa una singular atención en las unidades de tramitación civil y de atención de público y mediación.

En cuanto al régimen de transición desde el actual sistema de justicia civil al propuesto, la iniciativa propone que se regirá por el principio de la gradualidad temporal. Por ello, se planifican 10 años de inversión fiscal y 8 años en la gradualidad de su implementación, iniciando por las pequeñas regiones para incorporar los aprendizajes y lecciones, hasta llegar finalmente a la Región Metropolitana.

 

Vea Boletín N°14821-07 y siga su tramitación aquí.

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