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Financiamiento de la educación.

Proyecto de ley incorpora las enfermedades de alto costo y otras causales agravadas para suspender el pago de los créditos de educación superior (CAE).

La iniciativa apunta a auxiliar el pasar económico de una persona o familia que vive una situación apremiante debido a una enfermedad de alto costo u otra razón calificada.

25 de mayo de 2022

Por Matías Nicolás Mastrangelo, Universidad de Chile

La moción, patrocinada por las Diputadas Emilia Nuyado, Ana María Bravo y Danisa Astudillo, y los Diputados Juan Santana, Raúl Leiva, Alexis Sepúlveda, Jaime Naranjo, Tomás de Rementería y Raúl Soto, incorpora a las enfermedades de alto costo y otras causales para suspender temporalmente la obligación de pago en los créditos garantizados de la educación superior.

Los autores señalan que la génesis del proyecto de ley radica en una comunicación enviada a la Comisión de Educación a mediados de octubre del año 2021, la cual contaba la historia de una Ingeniera Comercial endeudada con el CAE que tuvo que afrontar un cáncer de mama, lo que la obligó a tomar una licencia laboral, pero que al mantener el vínculo de trabajo no cumplía con la causal vigente para solicitar la postergación del pago de su crédito universitario. Situación que, evidentemente, complejizaba aún más su situación económica.

Respecto del sistema de endeudamiento bancario con garantía estatal como vía de acceso económico a la educación superior, afirman que el modelo puso el énfasis en ampliar la cobertura, apuntando a que ningún joven con la convicción de estudiar y que cumpliera con los requisitos académicos respectivos se quedara fuera por no contar con los suficientes recursos económicos. Sin embargo, su implementación produjo que muchos de los estudiantes por distintos motivos aumentaran significativamente su nivel de deuda, alcanzando una carga financiera que superaba su capacidad de pago, incluso muchos de ellos abandonaron sus carreras e iniciaron su vida laboral con una significativa deuda y sin título universitario.

Añaden que, si bien el programa de gobierno de la actual administración se comprometió con la condonación universal del CAE, consideran que tomará tiempo en ser discutido e implementado, por ende, corresponde trabajar en subsanar los perjuicios que sigue causando dicho instrumento.

En virtud de lo anterior, proponen agregar a la actual causal de suspensión temporal o parcial de pago -consistente en la cesantía sobreviniente del deudor, la cual debe ser calificada por la Comisión Ingresa-, la enfermedad de alto costo que padece el deudor, su cónyuge o conviviente civil, o un familiar en primer grado de consanguinidad, o cualquiera otra causal que también deberá ser calificada por la referida Comisión.

 

Vea Boletín N°14942-04 y siga su tramitación aquí.

 

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