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Imagen: radio.uchile.cl
Moción.

Se propone modificar las normas de defensa de la libre competencia para permitir al Ministerio Público ejercer de oficio la acción penal en casos de delitos económicos.

La iniciativa se funda en la necesidad de aumentar la capacidad de fiscalización y persecución ante ilícitos contra la libre competencia.

30 de mayo de 2022

Por Mauricio Andrés Garrido Sáez, Universidad de Chile

La moción, patrocinada por las Diputadas Marta González, Carolina Marzán, Helia Molina, y los Diputados René Alinco, Jaime Araya, Carlos Bianchi, Raúl Soto, Cristián Tapia y Héctor Ulloa, modifica el Decreto Ley N°211, que fija normas para la defensa de la libre competencia a fin de permitir al Ministerio Público ejercer de oficio la acción penal en casos de delitos económicos.

Los autores del proyecto señalan que el país experimenta un alza sostenida en los precios que ha afectado la capacidad económica de los chilenos, disminuyendo la calidad de vida de las familias obligándolas a realizar grandes esfuerzos para su sustento diario.

En tal contexto, indican que existe un peligro latente de que ciertos actores económicos se aprovechen de la situación, justificándose en el fenómeno inflacionario, y realicen acuerdos colusorios con el objeto de aumentar sus precios o participaciones de mercado.

Así, destacan los conocidos casos de colusión de los pollos, papel Tissue y farmacias, donde se comprobaron sendos ilícitos a la normativa de libre competencia. No obstante, pese a que se lograron condenas, estiman que la agilidad en la investigación, persecución de las responsabilidades y sanciones en cada caso, no cumplieron con las expectativas sociales.

Por ello, sostienen que el principal objetivo de la iniciativa es fortalecer la fiscalización y herramientas de persecución contra este tipo de conductas, otorgándole la facultad al Ministerio Público de ejercer de oficio la acción penal, sin tener que esperar el accionar de la Fiscalía Nacional Económica.

En consecuencia, proponen reemplazar el inciso sexto del artículo 39 bis del Decreto Ley N°211, en los siguientes términos:

“Las investigaciones de los hechos constitutivos de dicho delito podrán ser iniciadas por querella formulada por la Fiscalía Nacional Económica, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 166 del Código Procesal Penal. En el caso de que la querella sea promovida por el Ministerio Público, la Fiscalía Nacional Económica podrá solicitar los antecedentes respecto de los delitos económicos al fiscal que tuviere a cargo la investigación, con la sola finalidad de decidir si ejercerá las atribuciones que le otorga la ley”.

 

Vea Boletín N°14944-03 y siga su tramitación aquí.

 

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