En el contexto de un amparo presentado en contra de Carabineros de Chile.
Corte de Santiago ratifica decisión del CPLT en relación a que partes policiales cursados en manifestaciones sociales son públicos.
Tras el pronunciamiento del tribunal de alzada –que ratifica lo ya establecido por el CPLT-, la policía uniformada deberá entregar la información asociada a personas heridas por el uso de escopetas antidisturbios, bombas lacrimógenas y que, a su vez, comuniquen sobre estas cuestiones a los mandos institucionales.

Tras un fallo que confirma la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT), en el contexto de un amparo presentado en contra de Carabineros de Chile, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la calidad de públicos de los partes oficiales cursados por funcionarios de la institución en las manifestaciones del estallido social (Rol Nº493-2021).
Tras el pronunciamiento del tribunal de alzada –que ratifica lo ya establecido por el CPLT (C3876-21)-, la policía uniformada deberá entregar la información asociada a personas heridas por el uso de escopetas antidisturbios, bombas lacrimógenas y que, a su vez, comuniquen sobre estas cuestiones a los mandos institucionales.
Para el presidente del CPLT, Francisco Leturia, este fallo ratifica la línea del consejo en materia de acceso a la información, “existe un déficit de control ciudadano en Carabineros, muchas veces posibilitado por el uso de una norma muy antigua, el Código de Justicia Militar, que permite abusar de las causales de secreto y hay temas que las personas tienen derecho a saber. Un ciudadano, una persona tiene derecho a saber qué pasó en el contexto de un operativo policial, si estos antecedentes no son parte de una causa judicial, esto no debe mantenerse bajo reserva y es información pública”.
Te puede interesar

Reclamo de ilegalidad rechazado.
Corte de Santiago confirma resolución que ordenó al Minsal entregar información sobre plan de vacunas desde 2010 a 2020.

Reclamo de ilegalidad acogido.
Corte de Santiago ordena reserva de información sobre recintos de máxima seguridad de centros penitenciarios.

Reclamo de ilegalidad acogido.
Corte de Santiago ordena reserva de reuniones de la Presidencia de la República con ejecutivos y representantes de los principales medios de comunicación.

