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Imagen: www.nupciasmagazine.com
Moción.

Proyecto de ley establece sanción agravada para el hurto, robo o receptación de mascotas o animales de compañía y agrava la pena si de ello resulta la muerte de los mismos.

La iniciativa busca profundizar la respuesta penal frente a los delitos cometidos contra mascotas debido a su valor y lo significativo que pueden ser, además de proteger la salud pública.

1 de junio de 2022

Por Sebastián Vera, Universidad de Chile

La moción, patrocinada por las Diputadas María Luisa Cordero, Helia Molina, Carla Morales y Ximena Ossandón, y los Diputados Juan Carlos Beltrán, José Miguel Castro, Andrés Celis, sanciona de manera agravada el robo, hurto o receptación que recayere respecto de mascotas o animales de compañía, y aumenta la pena si de ello resultare la muerte de los mismos.

Los autores de la iniciativa sostienen que, pese a seguir siendo vistas como bienes muebles, las mascotas han desarrollado una relación especial con la humanidad, a tal punto que han modificado su estatus jurídico en los últimos años, garantizándoseles una mayor protección.

En tal sentido, hacen presente la publicación de la Ley N°20.380, de la cual destacan el avance en el reconocimiento particular de la vida animal, y su estatus privilegiado frente a las demás cosas u objetos, sancionando la crueldad o el maltrato hacía los animales de compañía.

No obstante, estiman que en virtud del valor económico que las mascotas pueden alcanzar, así como lo significativas que pueden volverse para sus dueños a nivel emocional, resulta conveniente crear respuestas penales más adecuadas. Por un lado, denuncian una industria de robo de mascotas, y por el otro, destacan el incremento de sustracciones de animales domésticos para ser utilizadas en la fabricación de alimentos, que son expendidos en el comercio informal, poniendo en peligro la salud pública.

Por ello, estiman necesario profundizar las medidas que protejan a las mascotas, abarcando no solo el maltrato, sino que también el robo o recepción de estas. Además, buscan crear un nuevo tipo penal que sancione a aquellos que expendan carne u otros alimentos provenientes de mascotas u animales de compañía.

En virtud de lo anterior, el proyecto incluye un nuevo artículo 314 bis en el Código Penal, a fin de sancionar con pena de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 20 UTM, a quien expendiere carne de mascotas o de cualquier otra sustancia ingerible provenientes de las mismos.

A su vez, incorpora un nuevo el artículo 450 ter a ese mismo cuerpo legal, que sanciona la sustracción de animales de compañía de manera especial, incrementando la pena de cárcel. En caso de resultar en la muerte de la mascota, aplica una multa de entre 75 a 100 UTM y, si el delito tuviere asignada una multa, sería el doble de la misma.

Por último, modifica el artículo 456 bis A de esa codificación, sobre la receptación de objetos robados, incorporando a las “mascotas o animales de compañía”, y estableciendo una pena entre 75 a 100 UTM.

La iniciativa se encuentra en el primer trámite constitucional, en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea Boletín N°14940-25 y siga su tramitación aquí.

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