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Imagen: codexverde.cl
Rechazó reclamaciones.

Segundo Tribunal Ambiental confirmó la aprobación ambiental de proyecto de transmisión eléctrica ubicado entre las regiones Metropolitana y O’Higgins.

El proyecto de Eletrans II S.A. consiste en la construcción y explotación de una nueva línea de transmisión eléctrica de alta tensión que se constituye en dos tramos; el “Tramo Norte” se extiende desde la Subestación Lo Aguirre (existente) a la nueva Subestación Alto Melipilla; y el “Tramo Sur”, que se extiende desde la nueva Subestación Alto Melipilla a la Subestación Rapel (existente).

29 de junio de 2022

El Segundo Tribunal Ambiental, por unanimidad de sus ministros, resolvió rechazar la reclamación de un grupo de vecinos de Melipilla contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que buscaba anular la aprobación del proyecto “Línea de Transmisión Lo Aguirre Alto Melipilla y Alto Melipilla-Rapel”, de Eletrans II S.A.

“Que, conforme se ha razonado en la parte considerativa de este arbitrio, los vicios denunciados por las reclamantes María Ángela Peñaloza y otros no resultan efectivos, pues las resoluciones reclamadas, así como la RCA N° 1.542/2018 y el procedimiento en cual tuvo origen, se ajustaron a derecho, evaluándose adecuadamente los potenciales impactos adversos sobre el componente hidrológico, el Santuario de la Naturaleza Quebrada de la Plata y el patrimonio cultural. Por todos estos motivos la presente reclamación será rechazada” dice la sentencia.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristián López. La sentencia fue redactada por el ministro Delpiano.

Cabe recordar que la reclamación fue presentada por un grupo de vecinos de Melipilla luego que el SEA rechazara (a través de las resoluciones N° 202099101794/2020 y N° 202099101824/2020) la solicitud de invalidación que habían presentado contra la RCA que aprobó el proyecto eléctrico argumentando, entre otros aspectos, que el procedimiento de evaluación carecía de información esencial para evaluar los reales impactos del proyecto. Asimismo, la RCA del proyecto también había sido impugnada por las empresas Agrícola, Forestal y Ganadera Mallarauco Limitada y Sociedad Inmobiliaria Torre S.A., quienes argumentaban diversas deficiencias en el procedimiento de evaluación, pero que luego se desistieron de sus reclamaciones.

El proyecto de Eletrans II S.A. consiste en la construcción y explotación de una nueva línea de transmisión eléctrica de alta tensión que se constituye en dos tramos; el “Tramo Norte” se extiende desde la Subestación Lo Aguirre (existente) a la nueva Subestación Alto Melipilla; y el “Tramo Sur”, que se extiende desde la nueva Subestación Alto Melipilla a la Subestación Rapel (existente). Tiene una extensión aproximada de 125 km, contemplando obras en las regiones Metropolitana y O’Higgins.

Antecedentes

–     21 de diciembre de 2018, el proyecto “Línea de Transmisión Lo Aguirre- Alto Melipilla y Alto Melipilla- Rapel” de Eletrans II S.A. fue calificado ambientalmente favorable (RCA N°1542/2018).

–     6 de febrero de 2020, Agrícola, Forestal y Ganadera Mallarauco Limitada, Banco de Chile e Inmobiliaria Torre S.A., solicitaron la invalidación de la RCA, lo que fue rechazado por el SEA el 30 de diciembre de 2020 (Res. Ex. N°1181/2019).

–     19 de noviembre de 2020, María Angela Peñalosa y otros vecinos de Melipilla también presentaron una solicitud de invalidación de la RCA, que fue rechazada el 21 de diciembre de 2020 (Res. Ex. N°202099101794) y rectificada el 31 de diciembre de 2020 (Res. Ex. N°202099101824).

–     17 de febrero de 2020, Agrícola, Forestal y Ganadera Mallarauco Limitada e Inmobiliaria Torre S.A. presentaron en el Segundo Tribunal Ambiental reclamación contra la resolución que rechazó su solicitud de invalidación, la cual fue admitida a trámite con el rol R-232-2020.

–     3 de febrero del 2021, María Angela Peñaloza y otros vecinos de Melipilla presentaron en el Tribunal reclamación contra de SEA por las resoluciones en que rechazó su solicitud de invalidación.

–     19 de octubre de 2020, el Tribunal tuvo a Eletrans II S.A. como tercero coadyuvante del SEA.

–     24 de septiembre de 2021, el Tribunal tuvo por desistida de la reclamación a Agrícola, Forestal y Ganadera Mallarauco Ltda.

–     28 de octubre de 2021, se llevó a cabo la audiencia, alegando los abogados Alberto Barros, en representación de Inmobiliaria Torre S.A.; Sabiñe Susaeta, por los reclamantes María Ángela Peñaloza y otros; Camila Palacios, por el SEA; y Fernando Molina, por Eletrans II S.A., tercero coadyuvante de la SMA.

–     6 de junio de 2022, el Tribunal tuvo por desistida de la reclamación a Sociedad Inmobiliaria Torre S.A.

 

Vea sentencia y expediente R-232-2020, acumula R-276-2021

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