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Moción.

Proyecto de ley exige examen obligatorio de control de drogas al Presidente de la República y a los ministros de Estado.

Se busca asegurar el correcto desempeño de las funciones públicas y aumentar los niveles de probidad, transparencia y eficiencia en el ejercicio de aquellos cargos, además de mejorar la confianza de la ciudadanía en las instituciones y las máximas autoridades de la República.

23 de julio de 2022

La moción, patrocinada por los Diputados Jorge Alessandri, Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma, Felipe Donoso, Juan Fuenzalida, Daniel Lilayu, Cristhian Moreira, Marco Antonio Sulantay, Renzo Trisotti  y la Diputada Flor Weisse, modifica la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, para establecer un examen obligatorio de control de drogas exigible al Presidente de la República y a los ministros de Estado.

Los autores del proyecto de ley señalan que el consumo de drogas representa una compleja realidad que afecta a un número considerable de personas en Chile y el mundo. Por ello, la legislación ha avanzado en la línea de fortalecer las medidas de prevención del uso de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, impulsando una serie de iniciativas que apuntan a endurecer las sanciones aplicables al narcotráfico y otros fenómenos asociados a este flagelo como el crimen organizado.

En tal contexto, indican que la dependencia a drogas por parte de autoridades se ha transformado en una de las principales preocupaciones de la ciudadanía que exige mayores niveles de eficiencia y transparencia en el ejercicio de las funciones públicas, bajo el entendido que los funcionarios de la Administración del Estado deben desarrollar sus cometidos legales con estricto apego y respeto al principio de probidad, especialmente cuando se trata de personas que se desempeñan en altos cargos, como el Presidente de la República y los Ministros de Estado.

Por lo anterior, consideran necesario mejorar los mecanismos de control de drogas en el sector público a fin de asegurar que las autoridades efectúen su trabajo en condiciones adecuadas y con ello aumentar los niveles de confianza ciudadana en las instituciones y las personas que se desempeñan en altos cargos de la Administración del Estado, en atención al preponderante rol que cumplen en la conducción política del país y el proceso de toma de decisiones.

En virtud de lo anterior, a través de un artículo único, el proyecto incorpora un nuevo artículo 40 bis a la ley N°18.575, a fin de establecer la aplicación obligatoria de un control de drogas al Presidente de la República y los Ministros de Estado, mediante un examen aleatorio que deberá efectuarse en forma semestral. Si resultare positivo al control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, el Presidente de la República o el Ministro de Estado, según corresponda, será derivado a un programa de tratamiento y rehabilitación en alguno de los centros acreditados por la autoridad sanitaria.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la comisión de Gobierno Interior Nacionalidad Ciudadanía y Regionalización de la Cámara.

 

Vea Boletín N°15175-06 y siga su tramitación aquí.

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