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“Proyecto Irina Karamanos”.

Proyecto de Reforma Constitucional crea la Coordinación Sociocultural de la Presidencia de la República y establece la obligación de ser cónyuge o conviviente civil del Presidente para asumir el cargo.

En el caso de que no exista una persona que cumpla con dicha calidad, el cargo debería quedar vacante, y sus funciones y atribuciones ser asumidas por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

25 de julio de 2022

La moción, patrocinada por la Diputada Chiara Barchiesi y los Diputados Gonzalo De la Carrera, Juan Irarrázaval, Benjamín Moreno, Mauricio Ojeda y Luis Sánchez, modifica la Carta Fundamental para crear la Coordinación Sociocultural de la Presidencia de la República y establecer requisitos para el ejercicio de dicho cargo.

Es de público conocimiento, afirman los autores de la moción, lo establecido en la Resolución Exenta N°442, de 30 de marzo de 2022, que reemplazó el término “Primera Dama” por el nombre de “Gabinete Irina Karamanos”, actual pareja del Presidente de la República de Chile, Gabriel Boric Font. Este hecho, de inmediato generó una oleada de críticas y cuestionamientos, toda vez que a través de ella se “personalizaba” e “instrumentalizaba” un cargo público, cuya finalidad debe ser siempre la consecución del bien común.

En este contexto, y con la finalidad de regular de forma más eficiente, estructurada y ordenada esta figura, quienes patrocinan la moción estiman conveniente crear e incorporar en la Constitución la “Coordinación Sociocultural de la Presidencia”, la cual deberá ser asumida por aquella persona que tenga la calidad de cónyuge o conviviente civil del Presidente. Asimismo, consideran que en el caso de que no exista una persona que cumpla con dicha calidad, el cargo debería quedar vacante, y sus funciones y atribuciones deberían ser asumidas por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

En virtud de lo anterior, a través de un artículo único, proponen modificar la Constitución, incorporando un nuevo artículo 32 bis, del siguiente tenor: “Existirá una Coordinación Sociocultural de la Presidencia de la República cuya finalidad será proponer y coordinar estrategias para el desarrollo de políticas públicas, asumir el rol ceremonial y protocolar de acuerdo a la tradición republicana del país, participar en actividades oficiales nacionales e internacionales relacionadas con el cargo, y participar en las fundaciones de derecho privado sin fines de lucro mientras le corresponda presidir el Directorio de las mismas. Para asumir el cargo de Coordinador Sociocultural se requiere tener la calidad de cónyuge o conviviente civil del Presidente de la República. Si no existe una persona que cumpla con dicha calidad, el cargo quedará vacante y sus funciones y atribuciones serán asumidas por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Una ley orgánica constitucional determinará las funciones y atribuciones de la Coordinación Sociocultural de la Presidencia de la República.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara.

 

Vea Boletín N°15161-07 y siga su tramitación aquí.

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