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Moción.

Ley Marco para la promoción de la Seguridad y Soberanía alimentaria y nutricional.

La iniciativa busca establecer un marco jurídico que permita al Estado establecer una estrategia para garantizar de manera permanente el derecho a la alimentación, la seguridad alimentaria y nutricional de la población y la soberanía alimentaria para el disfrute de una vida sana.

6 de agosto de 2022

La moción, patrocinada por los Diputados René Alinco, Félix Bugueño, Félix González, Víctor Pino y las Diputadas Carolina Marzán, María Francisca Bello, Emilia Nuyado, Marisela Santibáñez, Consuelo Veloso y Gael Yeomans, fija un marco de promoción para la seguridad y la soberanía alimentaria y nutricional.

Los autores del proyecto señalan que, de acuerdo al último informe de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), sobre el Estado de la Seguridad Alimentaria y la Nutrición en el Mundo, se estimó que entre 720 a 811 millones de personas pasaron hambre el 2020.

Advierten que en Chile, casi 3 millones de personas no tienen acceso regular a alimentos suficientemente nutritivos, correspondiente a un 15,6% de la población. A ello se suma, el sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas que derivan de ellas, aumentando la malnutrición en la población, puesto que la prevalencia en menores de 5 años alcanza el 9,3% de la población, cifra que está por sobre el promedio regional de un 7,5%.

En cuanto a lo señalado por la Encuesta Nacional de Salud, exponen que solo un 15% de las personas consumen las 5 porciones de frutas y verduras que recomienda la OMS y la FAO, lo que redunda directamente en el estado nutricional de la comunidad.

Indican que si bien nuestra Carta Fundamental no se manifiesta al respecto, el Derecho a la Alimentación está consagrado en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y, por su parte, la Declaración Universal de los Derechos Humanos lo incorpora en el artículo 25 como un derecho humano a fin de generar un nivel de vida adecuado para toda persona y que asegure incluso circunstancias independientes de su voluntad. Sin embargo, durante el proceso de la convención constitucional y el borrador del texto recientemente expuesto, el artículo 21 consagra explícitamente el derecho a la alimentación.

Los autores de la moción explican que debemos avanzar en esa línea, para reafirmar la protección acorde a la naturaleza de este derecho humano y sumarnos a la consagración explícita del derecho a una alimentación adecuada.

En virtud de lo anterior, a través de un artículo único, se propone legislar en la materia con un proyecto de ley que consta de doce artículos.

El primero de ellos señala lo siguiente: “La presente ley tiene como fin asegurar el ejercicio pleno del derecho humano a una alimentación adecuada, a través de un marco jurídico de referencia, que permita al Estado crear políticas y estrategias para garantizar de manera permanente el derecho a la alimentación, la seguridad y soberanía alimentaria y nutricional de la población, para el disfrute de una vida sana y activa. Para asegurar el ejercicio pleno del derecho a la alimentación se promoverán sistemas alimentarios sostenibles y saludables, la agricultura familiar campesina, la pesca artesanal y las condiciones que favorezcan el acceso físico y económico en todo momento a la alimentación o los medios para obtenerla.”

En los restantes artículos se detallan los principios rectores de la normativa, entre ellos, Protección, No Discriminación e Igualdad. También se definen conceptos, tales como “Cantidad mínima de alimentos” y “atención Prioritaria”. Por último, se detallan condiciones y derechos de las personas en relación con la alimentación.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara.

Vea Boletín N° 15212-01 y siga su tramitación aquí.

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