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Proyecto de ley prohíbe la venta a menores de edad de bebidas energéticas que contengan aditivos energizantes y sustancias estimulantes.

La iniciativa regula la venta y el consumo de bebidas no alcohólicas energéticas que contienen sustancias aditivas o estimulantes y que por su concentración son un riesgo para la salud de los menores.

7 de agosto de 2022

La moción, patrocinada por los Senadores Karim Bianchi, Juan Luis Castro y las Senadoras María José Gatica y Alejandra Sepúlveda, prohíbe la venta a menores de edad de bebidas energéticas que contengan aditivos energizantes y sustancias estimulantes.

Los autores del proyecto señalan que en Chile las bebidas energéticas están reguladas de manera “superficial”, en el Decreto Supremo 997 de 1996 del Ministerio de Salud, ya que en el artículo 534 de la referida normativa se definen como “productos elaborados o preparados especialmente para suplementar la dieta con fines saludables y contribuir a mantener o proteger estados fisiológicos característicos tales como adolescencia, adultez o vejez”.

Advierten que la norma en cuestión no dispone un adecuado resguardo en el consumo, comercialización y expendio de estos productos a menores de edad, por lo que estamos frente a un consumo desmedido de productos que contienen aditivos y estimulantes, lo que representa riesgos para la salud de los menores.

Exponen que la Organización Mundial de la Salud (OMS), y otros estudios e investigaciones, han sostenido que el consumo de bebidas energéticas puede ser un peligro para la salud pública, especialmente entre los jóvenes. Asimismo, indican que los expertos aseguran que los estimulantes contenidos en bebidas energéticas no son apropiados para la dieta de un niño o adolescente.

En razón de lo anterior, la iniciativa legal, a través de un artículo único, establece lo siguiente: “Se prohíbe la venta, expendio, ofrecimiento o entrega a menores de edad, a cualquier título, de bebestibles que contengan sustancias aditivas o estimulantes y que por su concentración importen un riesgo para su salud, tales como bebidas no alcohólicas energéticas que incorporan aditivos como cafeína, taurina, tiamina o cualquier otra sustancia similar”.

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Salud del Senado.

 

Vea Boletín N°15241-11 y siga su tramitación aquí.

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