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Para preservar la honorabilidad y el cumplimiento de obligaciones legales.

Reforma constitucional impide que personas con deudas de alimentos puedan ser candidatos a cargos de elección popular.

La iniciativa tiene por objeto introducir una inhabilidad para todos los cargos de elección popular respecto de quienes tengan una inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos.

15 de agosto de 2022

La moción, patrocinada por las Senadoras Isabel Allende, Loreto Carvajal, Paulina Núñez, Claudia Pascual y el Senador Gustavo Sanhueza, modifica la Carta Fundamental con el objeto de impedir a quienes tengan una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos sean candidatos a cargos de elección popular.

Los autores del proyecto señalan que es un deber legal y moral contribuir a la manutención de los hijos. En efecto, el Código Civil, en el artículo 323, otorga este derecho a los niños, niñas y adolescentes con el objeto de que aquel progenitor que no vive con ellos aporte, de conformidad a sus condiciones socioeconómicas, a la crianza, alimentación, salud, educación, recreación, entre otros.

Expresan que, si bien nuestra legislación ha avanzado en mecanismos para asegurar el cumplimiento del deber de alimentos, es adecuado introducir normas que apunten en la línea del cumplimiento oportuno, por ello proponen introducir esta nueva inhabilidad respecto de los cargos de elección popular.

Indican que, si bien todo ciudadano tiene derecho a competir y tener el honor de ser electo autoridad, este deber impone niveles superiores de honorabilidad y cumplimiento de obligaciones legales, sobre todo para con sus propios hijos.

Por lo anterior, a través de un artículo único, la iniciativa modifica los artículos 25, 48 y 50 de la Carta Fundamental, prescribiendo que no podrán ser candidatos a la Presidencia de la República, Parlamento, Gobernación y Consejo Regional, y a Alcaldía y Concejos Municipales, las personas que tengan una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

Vea Boletín N°15255-06 y siga su tramitación aquí.

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