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Reclamación de ilegalidad rechazado.

Corte de Santiago rechaza solicitud de demolición de inmueble emplazado en zona de conservación histórica.

El Tribunal de alzada descartó actuar ilegal de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Santiago al rechazar la solicitud de demolición. La fuerza mayor aducida está basada en la conveniencia económica del propietario del predio que, por este motivo, arguye que la edificación podría quedar abandonada y en riesgo de ser abandonada.

18 de agosto de 2022

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación de ilegalidad deducida por la empresa Abastecimientos Generales SA, en contra de la resolución municipal que desestimó solicitud de demolición de inmueble emplazado en zona declarada de conservación histórica.

El fallo señala que, establecido que el inmueble de que se trata en autos se encuentra emplazado en una Zona de Conservación Histórica, acorde con lo dispuesto en el artículo 5.1.4 de la OGUC, corresponde determinar si pueden ser calificadas como fuerza mayor las motivaciones invocadas por la actora para que se autorice su demolición.

Añade que, la fuerza mayor que se hace valer consiste en que el destino de la propiedad, vale decir, estacionamientos, ha dejado de ser rentable por lo que corre el riesgo de quedar abandonado.

Para el tribunal de alzada, conviene puntualizar, que –como se dice en la carta del arquitecto Schmidt que da origen a la tramitación administrativa (Documento 1 acompañado a la reclamación)– el negocio de estacionamientos ya no es ‘suficientemente rentable’, y sobre esta base se construye la argumentación de que existiría la fuerza mayor que autorizaría la demolición pedida.

La resolución afirma que, la fuerza mayor aducida está basada en la conveniencia económica del propietario del predio que, por este motivo, arguye que la edificación podría quedar abandonada y en riesgo de ser abandonada.

Como se advierte, concluye, esta alegación pasa por alto que la fuerza mayor es, en lo esencial, un hecho externo a la voluntad de los involucrados, pues de otro modo no podría ser irresistible y, en este caso, ocurre que la actora más bien estaría causando el abandono del inmueble, esto es, el riesgo que avizora para el inmueble.

Por tanto, se resuelve que se rechaza la reclamación de ilegalidad deducida en autos por la sociedad ‘Abastecimientos Generales S.A.’ en contra de la I. Municipalidad de Santiago.

 

Vea sentencia Rol Nº421-2019

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  1. SOSTENER COMO LO HACE EL FALLO QUE LA ACTORA . . . QUE SE ENCUENTRA IMPOSIBILITADA DE SEGUIR ATENDIENDO SU NEGOCIO DE ESTACIONAMIENTOS POR RAZONES ECONÓMICAS POR HABER DEJADO EL NEGOCIO DE SER RENTABLE Y POR CONSIGUIENTE NO PODER SEGUIR ATENDIÉNDOLO, TODO LO CUAL CONSTITUYE OBVIAMENTE FUERZA MAYOR QUE AUTORIZA SU DEMOLICIÓN PARA EVITAR SU ABANDONO Y MALES CONSIGUIENTES . . . .»ESTARÍA MÁS BIEN CAUSANDO EL ABANDONO DEL INMUEBLE». . . , ES UNA ESPECIE DE AMENAZA INDEBIDA DE LA AUTORIDAD O EN TODO CASO UNA IMPUTACIÓN INJUSTA , CASI EL ARGUMENTO PARA UNA ACUSACIÓN QUE PUEDE FAVORECER INJUSTAMENTE LA AMENAZA INACEPTABLE DE IMPUTACIÓN DE RESPONSABLILIDAD FUTURA , QUE EXCEDE EL DERECHO Y DEMUESTRA UNA CONCLUSIÓN PRECIPITADA SOBRE ALGO QUE NO ES MATERIA EN EL JUZGAMIENTO DEL RECURSO. EL JUZGAMIENTO REFERIDO PODRÍA LLEVAR AL AFECTADO -PARA EVITAR RESPONSABILIDADES MAYORES NO DESEADAS- QUE SE PODRÍAN HABER EVITADO CON LA DEMOLICIÓN DEL INMUEBLE- A PRESENTAR SOLICITUD DE INSOLVENCIA PARA EVITAR UNA TRÁGICA DECLARACIÓN DE QUIEBRA QUE A PARTIR DEL FALLO EN COMENTO PODRÍA INDUCIR A PENSAR QUE EL FALLIDO HA COMETIDO ALGÚN DELITO POR ABANDONO CULPABLE O DOLOSO DEL INMUEBLE.