Noticias

Iniciativa está en primer trámite.

Autopistas y encerronas: empresas deberán responder por daños a usuarios.

La moción de senadores y senadoras y que será estudiada por la Comisión de Obras Públicas establece que las concesionarias deberán contratar seguros que cubran daños sufridos por incumplimiento de las obligaciones de previsión de riesgos, vigilancia, seguridad y asistencia.

26 de agosto de 2022

Conmoción han generado en la opinión pública una seguidilla de encerronas y balaceras en autopistas de la región Metropolitana y en otras ciudades del país. Las rutas que tradicionalmente se consideraban seguras, hoy se ven vulneradas por la delincuencia, por lo que sus usuarios urgen por la búsqueda de responsabilidades y mayor prevención con el fin de inhibir las condiciones para dichos ilícitos.

En esa línea, los senadores Ximena Rincón, Ximena Órdenes, Juan Luis Castro, Iván Flores y Matías Walker presentaron una moción que modifica la ley de Concesiones en materia de adopción de medidas de seguridad por parte de los concesionarios.

PROYECTO

La propuesta que deberá ser analizada por los integrantes de la Comisión de Obras Públicas, obliga al concesionario a “entregar el servicio en condiciones de seguridad para los usuarios, previniendo riesgos de todo tipo y adoptando todas las medidas de vigilancia, seguridad y asistencia necesarias para el resguardo del usuario y sus bienes”.

Asimismo establece que, “sin perjuicio de su responsabilidad contractual, en caso de que los usuarios sufran daños por incumplimiento de las obligaciones de previsión de riesgos, vigilancia, seguridad y asistencia, el concesionario responderá, ya sea por falta de medidas, retardo en su adopción, o mal funcionamiento».

El proyecto también precisa que «el concesionario deberá tomar pólizas de seguro que cubran la responsabilidad civil por daños a terceros y los riesgos catastróficos que puedan ocurrir durante el periodo de concesión”.

En paralelo, la compañía “deberá tomar pólizas especiales para cubrir los daños sufridos por los usuarios por incumplimiento de las obligaciones de previsión de riesgos, vigilancia, seguridad y asistencia. Estas deberán ser entregadas junto con la contratación del servicio, dentro de información básica comercial, y publicadas en el sitio web de cada concesionaria”.

Finalmente la norma precisa que “el reglamento establecerá un procedimiento expedito para el cobro de la póliza de seguro que garantice el pago de los daños en un plazo no superior a 30 días”.

 

Vea moción, discusión y análisis Boletín Nº15253-09

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *