Recurso de nulidad rechazado.
Corte de San Miguel confirma fallo que condenó a empresas por despido indebido de repartidor de pan.
El Tribual de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia que declaró que constituyen un único empleador las empresas demandadas Transportes Celanova Limitada y la panadería Camilo Martínez y Compañía Limitada, y que les ordenó pagar solidariamente a las prestaciones e indemnizaciones adeudadas a trabajador que les prestó servicios de reparto.
El fallo señala que revisada la sentencia impugnada es posible advertir que la sentenciadora a quo dio cumplimiento a las exigencias legales supuestamente omitidas, en la medida que efectuó un análisis de toda la prueba rendida , principalmente, indicando los motivos para desestimar la pretensión del actor en los basamentos vigesimoquinto y vigesimosexto.
La resolución agrega que, los cuestionamientos que efectúa la recurrente dicen relación más bien con la valoración que la jueza del mérito ha efectuado de la prueba confesional rendida, y no con la omisión de su análisis, pues lo realiza, mas no en el sentido que la demandante pretende.
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