Daño moral.
Juzgado Civil de Concepción ordena al Fisco indemnizar con $220.000.000 a familiares de víctima que falleció atropellada por camión de la Armada.
El Tribunal estableció la responsabilidad y obligación del Estado de mitigar el daño causado a los familiares de la víctima.

El Segundo Juzgado Civil de Concepción condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $220.000.000 por concepto de daño moral, a familiares de víctima, quien falleció atropellado por un camión de la Armada, en octubre de 2019, en Talcahuano.
El fallo señala que, la indemnización del daño producido por el delito, así como la acción para hacerla efectiva, resultan de máxima trascendencia al momento de administrar justicia, comprometiendo el interés público y aspectos de justicia material. A lo anterior lo obliga el Derecho Internacional, traducido en Convenios y Tratados que, por clara disposición constitucional, le son vinculantes, como ocurre por ejemplo y entre otros, con la propia Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, que se encuentra vigente en nuestro país desde el 27 de enero de 1980, que establece en su artículo 27 que el Estado no puede invocar su propio derecho interno para eludir sus obligaciones internacionales, pues de hacerlo comete un hecho ilícito que compromete la responsabilidad internacional del Estado (Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, Edición 2000, Humberto Nogueira Alcalá, Las Constituciones Latinoamericanas, página 231).
La resolución agrega que, el derecho de las víctimas a percibir la compensación correspondiente implica, desde luego, la reparación de todo daño que les haya sido ocasionado, lo que se posibilita con la recepción del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en nuestra legislación interna, conforme a lo dispuesto en el artículo 5° de la Constitución Política de la República que señala que ‘el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana’.
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