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Modifica la Ley N° 20.584.

Proyecto de ley otorga derecho a los progenitores a retirar el cuerpo o restos de su hijo o hija fallecido en periodo de gestación.

La iniciativa otorga a los padres y madres, que hayan sufrido la pérdida de un hijo en periodo gestacional, el derecho a retirar el cuerpo o restos de su hijo si lo desean. También genera la obligación a los establecimientos de salud de dar conocimiento de este derecho.

9 de octubre de 2022

La moción, patrocinada por las Diputadas Marta Bravo, María Luisa Cordero y los Diputados Tomás Lagomarsino, Daniel Lilayu y Agustín Romero, modifica la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención a la salud, para otorgar a los progenitores el derecho a retirar el cuerpo o restos de su hijo o hija fallecido en periodo de gestación.

Los autores del proyecto de ley señalan que, en septiembre del 2021, se publicó la Ley N° 21.731, que establece un estándar especial en relación con el manejo clínico y acompañamiento a madres y padres que hayan sufrido una muerte gestacional o perinatal, también conocida como “Ley Dominga”.

La norma antes citada, modificó el Código del Trabajo para otorgar a todo trabajador el derecho a diez días corridos de permiso pagado ante la muerte de un hijo. Así, el permiso aumentó en 3 días para el caso de la muerte de un hijo y 4 días para la pérdida de un hijo en etapa de gestación. Por lo anterior, indican que la Ley Dominga constituye un avance importante en generar concientización, acompañamiento en el dolor y respeto por el duelo de madres y padres que pierden a sus hijos antes del nacimiento.

Agregan que es difícil encontrar vínculos humanos más potentes que los que se pueden generar entre un padre o madre con su propio hijo, vínculo que se genera desde el momento en que los padres tienen conocimiento del embarazo. Por ello, concluyen que deben generarse la mayor cantidad de iniciativas que protejan y acompañen el duelo de los padres que viven la muerte de un hijo no nacido.

En virtud de lo expuesto, la iniciativa legal busca seguir generando las condiciones materiales y espirituales para que los padres puedan vivir plenamente el duelo de la muerte de sus hijos. Para ello, proponen agregar, dentro de los derechos y deberes de los pacientes consagrados en la ley N°20.584, recientemente modificada por la Ley Dominga, el derecho a que las familias puedan retirar los restos del hijo o hija que haya fallecido antes del nacimiento.

El proyecto de ley, a través de un artículo único, modifica la ley N°20.584, agregando en la letra b) del inciso segundo del artículo 5°, un párrafo del siguiente tenor:

“En los casos anteriores, los prestadores de salud deberán informar a las familias que pueden retirar el cuerpo o restos de su hijo o hija fallecido o fallecida en el periodo gestacional si así lo desean. En el caso de que la familia quiera retirarlos, debe realizar los trámites administrativos correspondientes en un plazo no mayor a 72 horas. Este procedimiento se debe informar por escrito a los padres que se encuentren en dicha situación.

Los Establecimientos de Salud deberán hacer entrega de los restos por un medio físico que guarde la dignidad y el respeto, tanto del hijo fallecido o hija fallecida en periodo gestacional, como de los padres.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional en la Comisión de Salud de la Cámara Baja.

Vea Boletín N°15397-11 y siga su tramitación aquí.

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