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Proceso constituyente.

Convenio celebrado entre la Gobernación Regional de Valparaíso y la ex Convención Constitucional se ajusta a la Ley de Presupuestos, dictamina la Contraloría.

La Convención se encontraba habilitada para suscribir acuerdos con entidades públicas, con la finalidad exclusiva de que se permitiera facilitar sus actividades de participación ciudadana.

11 de octubre de 2022

El Consejero Regional de Valparaíso, Christián Macaya, solicitó a la Contraloría General de la República pronunciamiento sobre la legalidad del convenio celebrado entre el Gobierno Regional de Valparaíso y la Convención Constitucional que se encargó de redactar la propuesta de nueva Constitución.

El convenio de colaboración impugnado fue suscrito el 10 de febrero del 2022 con la finalidad de facilitar la labor de la Convención Constitucional, para lo cual el Gobierno Regional se comprometió a proporcionar, entre otros, espacios físicos (oficinas, salones de reuniones, etc.), y medios que aseguran la efectiva realización de las actividades de la Convención en la región de Valparaíso.

Señala el Contralor que la Ley 21.395 (de Presupuestos del Sector Público para el año 2022), consultó financiamiento en la Partida 22, Capítulo 01, Programa 09, del presupuesto de la SEGPRES, para el funcionamiento de la aludida Convención Constitucional, y en particular, para el apoyo técnico, administrativo y financiero que fuere conducente, por lo que el legislador la dotó de recursos físicos y financiero.

Agrega que en su glosa 06 se indicó que la Convención también podía suscribir convenios con entidades públicas para que financiaran actividades de participación ciudadana con cargo a sus propios presupuestos, en el marco de sus competencias.

En definitiva, el ente Contralor dictaminó que “(…) sobre la base del referido contexto normativo, no se advierte irregularidad en el proceder del Gobierno Regional de Valparaíso en la suscripción del cuestionado convenio, debiendo hacer presente que, en la ejecución del mismo, siempre debe actuar dentro de sus competencias, sin utilizar sus bienes o recursos en fines distintos a los que la ley permite”.

 

Vea dictamen de la Contraloría N°E260524N22.

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