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Modifica la Ley 21.202.

Proyecto de ley concede acción judicial en favor de autoridades públicas para proteger los humedales urbanos.

Agrega que la toma ilegal de terrenos asentados en un humedal urbano constituye delito de usurpación.

20 de octubre de 2022

La moción, patrocinada por los Diputados Alejandro Bernales, Luis Malla, Vlado Mirosevic y Sebastián Videla, modifica la ley 21.202 para conceder una acción judicial a favor de autoridades públicas para proteger los humedales urbanos.

Los autores del proyecto señalan que, entre las múltiples funciones ecológicas y productivas de los humedales, destaca el control de las inundaciones, sedimentación y erosión; mejoras en la calidad del agua, reducción de la contaminación, mantenimiento del suministro de agua, subterránea y superficial; sostén para la pesca, la ganadería y la agricultura, servir de sitios para la recreación y el turismo, entre otras.

Explican que, junto con estos servicios ecosistémicos brindados a la sociedad, los humedales albergan una importante biodiversidad y constituyen el hábitat de numerosas especies de animales y plantas, muchas de las cuales se encuentran hoy en día amenazadas o al borde de la extinción, como consecuencia de la destrucción de sus hábitats y la explotación irracional a la que se ven muchas veces sometidas.

Exponen que, particularmente los humedales del norte de Chile, albergan un gran número de especies amenazadas, endémicas y migratorias, siendo hábitats fundamentales para el ciclo de estas especies. De esta forma, puede decirse que los humedales proporcionan corredores de seguridad frente al cambio climático, por cuanto evitan que animales y plantas que dependen de ellos se desplacen hacia otros territorios tras cambios en las condiciones climáticas.

Sin embargo, advierten que estos ecosistemas se ven continuamente degradados por diversos tipos de fenómenos, siendo los más peligrosos los derivados de la actividad humana. Indican que existen amenazas de diverso tipo, como rellenos inmobiliarios, basurales, especies invasoras, contaminación, utilización de sus aguas, entre otros.

Observan que en la actualidad los humedales cuentan con mecanismos de protección muy débiles, quedando a merced del riesgo de degradar su capacidad ecológica y perder efectividad en el combate al cambio climático.

En virtud de lo anterior, a través de la iniciativa legal propuesta se busca consagrar un mecanismo efectivo para la protección de estos importantes ecosistemas chilenos. Para ello, en la Ley N°21.202, que modificó diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, se incorpora una acción en favor de las autoridades públicas implicadas en materia de medio ambiente, para que puedan solicitar ante tribunales el desalojo y demolición de toda construcción realizada bajo el contexto de toma ilegal en un humedal urbano; todo con el fin de preservar y proteger el humedal y de reparar y restaurar todo daño ambiental que se haya ocasionado.

El proyecto de ley artículo único, agrega un nuevo artículo 4 bis a la Ley 21.202, del siguiente tenor:

Artículo 4 bis: La toma ilegal de terrenos asentados en un humedal urbano constituye el delito de usurpación. Cualquier autoridad pública tendrá derecho de acción para solicitar su desalojo, demolición y todas las medidas tendientes a asegurar la conservación del humedal, sin perjuicio de las acciones que detente el dueño del terreno.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara Baja.

Vea Boletín N°15391-12  y siga su tramitación aquí.

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