Noticias

imagen: elmostrador.cl
Crisis institucional.

CIDH muestra preocupación por la crisis política de Perú y hace un llamado a respetar la institucionalidad.

Esta crisis puede ser superada sin poner en riesgo la institucionalidad democrática. El Tribunal Constitucional está llamado a ser un árbitro que evite arbitrariedades o excesos que quebranten el principio de legalidad y debido proceso, mismos que, de no respetarse, pueden generar afectaciones a la democracia en el Perú.

22 de octubre de 2022

En el marco de una visita de trabajo a Perú, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) alertó sobre los crecientes riesgos a la institucionalidad democrática de este país.

En su análisis, señala que la crisis institucional se debe principalmente a 3 factores: el mecanismo de acusación constitucional, la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente y la disolución unilateral del congreso. A continuación profundiza en cada uno de estos puntos.

En cuanto a las acusaciones constitucionales, sostiene que “(…) esta figura carece de definición objetiva porque ni la ley ni la Constitución precisan las conductas punibles y sus correspondientes consecuencias. Esto abre posibilidades de que se cometan arbitrariedades que, a su vez, socaven la separación e independencia de los poderes públicos, la estabilidad democrática, y el legítimo ejercicio del poder”.

Agrega que “(…) si bien en algunos casos los órganos legislativos pueden ejercer funciones jurisdiccionales en el marco del equilibrio de poderes y del sistema de pesos y contrapesos, sus resoluciones deben observar el principio de legalidad”.

En relación a la vacancia presidencial por incapacidad moral, sostiene que “(…) la norma constitucional que contempla esta figura no refiere a conductas punibles o sus correspondientes consecuencias. Por tal motivo —al igual que la acusación constitucional — representa un riesgo para la separación de poderes y los derechos políticos, tanto de la persona electa como de sus electores”.

Respecto a la disolución unilateral del Congreso, menciona que “(…) la aplicación de esta figura por parte del Poder Ejecutivo representa la anulación de facto del voto popular, lesiona el sistema de partidos políticos y facilita la ruptura de un orden democrático; de ahí la urgencia en retirarla del ordenamiento jurídico o delimitarla a casos absolutamente excepcionales”.

También hizo un llamado de atención sobre los derrames de petróleo ocurridos en el país, señalando que “(…) representantes de las comunidades de pescadores reiteraron la necesidad de que cualquier declaratoria de rehabilitación de las playas esté basada en estudios científicos que garanticen la seguridad de las comunidades, como también la de sus derechos de acceso a la información y participación en dichos procesos. Adicionalmente, se destaca la urgencia de contar con la protección social necesaria para hacer frente a la pérdida indefinida de sus empleos y medios de vida.”

En definitiva, la CIDH concluye que “(…) esta crisis puede ser superada sin poner en riesgo la institucionalidad democrática. El Tribunal Constitucional está llamado a ser un árbitro que evite arbitrariedades o excesos que quebranten el principio de legalidad y debido proceso, mismos que, de no respetarse, pueden generar afectaciones a la democracia en el Perú”.

 

Vea declaración Comisión Interamericana de Derechos Humanos 233/22.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *