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Inflación en Chile.

Proyecto de reforma constitucional establece una exención del IVA sobre los componentes de la canasta básica, por el plazo de un año.

La inflación en los últimos 12 meses fue de 14.1%, de las tasas más altas que ha visto el país en los último 30 años, por ende, la canasta básica de alimentos subió 22.4%.

25 de octubre de 2022

La moción, patrocinada por los Diputados Juan Carlos Beltrán, Bernardo Berger, José Miguel Castro, Jorge Rathgeb, Frank Sauerbaum y las Diputadas María Luisa Cordero, Paula Labra, Carla Morales, Francesca Muñoz y Marlene Pérez, modifica la Carta Fundamental para establecer una exención temporal del IVA sobre los componentes de la canasta básica.

Los autores del proyecto de reforma constitucional señalan que el aumento del nivel de precios es, en gran medida, una consecuencia inevitable de los fuertes estímulos fiscales realizados durante los años 2020 y 2021, que elevaron el gasto fiscal a niveles nunca vistos para hacer frente a la crisis social y económica que produjo la pandemia.

Exponen que la inflación ha estado particularmente concentrada en los alimentos que conforman la canasta básica. En efecto, la inflación en los últimos 12 meses fue de 14.1%, de las tasas más altas que ha visto el país en los último 30 años, por ende, la canasta básica de alimentos subió 22.4%.

Observan que lo anterior afecta principalmente a los más vulnerables, debido a que destinan una mayor proporción de sus ingresos en los productos de la canasta básica.

Por ello, estiman necesario incorporar, temporalmente, una exención a la compra, por parte de consumidores finales, de alimentos de la canasta básica, de tal manera de reducirles su afectación a este impuesto y así beneficiar a quienes más los consumen. Esto, implica implementar, a su vez, un sistema de traspaso de la exención hacia todos los eslabones de la producción del bien beneficiado, por cuanto en caso contrario se les cobraría un impuesto en el que no se configura el hecho gravado.

Así, la moción utiliza la fórmula de un régimen transitorio, cuyo objeto es aliviar la carga que deben enfrentar las familias chilenas, particularmente aquellas que tienen menor capacidad de ahorro, y que, por tanto, destinan gran cantidad de su presupuesto a la compra de alimentos.

A los fines indicados la reforma constitucional agrega una nueva disposición transitoria quincuagésima segunda a la Carta Fundamental, del siguiente tenor:

 QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA. Dispóngase excepcionalmente, por el plazo de un año a contar de la entrada en vigencia del decreto supremo al que se refiere el inciso siguiente, una exención total o parcial del impuesto al valor agregado para alimentos de la canasta básica, mediante reducciones del cargo a consumidores finales que reciban boleta de ventas.

Un decreto supremo suscrito por los Ministerios de Hacienda y de Desarrollo Social y Familia, determinará la forma de dicha exención, el mecanismo de traspaso de la exención a productores, los requisitos que deba cumplir el vendedor para acceder a ésta, el conjunto de productos sobre el cual recaerá la exención y magnitud de la misma, la que en cualquier caso deberá ser igual o superior al cincuenta por ciento de la tasa.

 El Presidente de la República, dentro de los treinta días previos al término del plazo dispuesto en el inciso primero, podrá solicitar, por una sola vez, una prórroga de seis meses para la exención establecida en la presente disposición, la que la que requerirá de la mayoría de los diputados y senadores en ejercicio.”.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Baja.

Vea Boletín N°15441-07 y siga su tramitación aquí.

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