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Defienden la supremacía constitucional.

¿Cómo se eligen los miembros de los Tribunales Constitucionales en Europa?

En países como Francia, Alemania o Austria, el mayor peso en la elección recae en el poder político, mientras que en Italia los jueces también tienen voz a la hora de nombrar.

17 de diciembre de 2022

En el periodo de entreguerras, surgieron en Europa los primeros tribunales constitucionales. En la Constitución de Austria (1920), en la republicana española de 1931. Su función es la de interpretar la Constitución, el marco de convivencia de una comunidad; asegurar su primacía sobre el resto de su ordenamiento jurídico y controlar que toda la legislación sea acorde con el texto constitucional, entre otras funciones.

Dada la importancia de su papel en el estado de derecho y la necesidad de asegurar su independencia, decidir quiénes formarán parte siempre es fuente de conflicto.

En países como Francia, Alemania o Austria, el mayor peso en la elección de sus miembros recae en el poder político; esto es, poder ejecutivo y legislativo, mientras que en Italia los jueces también tienen voz en los nombramientos.

Repasamos cómo se elige a los miembros de los tribunales constitucionales o equivalentes en los países europeos.

1. Alemania: el poder legislativo elige a sus miembros

Número de miembros: 16

En Alemania, el Tribunal Constitucional Federal es el encargado de ejercer las funciones de control constitucional. Tal y como se recoge en el artículo 94 de la Constitución, el nombramiento de sus miembros es una función que recae exclusivamente en el poder legislativo: tanto el Bundestag como el Bundesrat, las dos cámaras que componen la institución parlamentaria, nombran cada uno a la mitad de sus miembros. La ley orgánica del Tribunal Constitucional alemán establece que este se compone de dos cámaras, con ocho magistrados cada una. El mandato dura 12 años, aunque no podrá extenderse más allá de la jubilación.

Al menos tres de los ocho magistrados de cada cámara deben ser nombrados desde alguna de las magistraturas de los tribunales federales supremos (Corte Judicial Federal, Corte Federal de lo Administrativo, Corte Federal de lo Civil, Corte Federal de lo Laboral y Corte Federal de lo Social), en las que tienen que haber servido un mínimo de tres años.

En el caso del Bundestag, se crea una comisión de doce parlamentarios elegidos de forma proporcional mediante el sistema D’Hondt. Una vez constituida, celebra una sesión que se extenderá tanto como sea necesario para los nombramientos. Cada nombre aprobado debe contar con al menos ocho de los doce votos de los parlamentarios. Esos nombres se proponen al Bundestag y deben recibir el apoyo de, al menos, dos tercios de los votos presentes en la sala. Para los nominados por el Bundesrat la mayoría exigida también es de dos tercios de los votos.

El actual presidente es Stephan Harbarth, miembro de la Unión Demócrata Cristiana de Alemania (CDU) y ex miembro del Bundestag.

2. Italia: un tercio para cada poder del Estado

Número de miembros: 15

En Italia, la Corte Constitucional asume el control de constitucionalidad por excelencia. En el artículo 135 de la Constitución italiana se recoge que se compone de 15 jueces. Cinco de ellos son designados por la judicatura (tribunales supremos ordinarios y administrativos); otros cinco por el presidente de la República y los cinco restantes por el Parlamento en sesión conjunta. Tienen un mandato de nueve años y se seleccionan de entre magistrados jubilados de las jurisdicciones superiores ordinarias y administrativas, profesores universitarios en materia jurídica y abogados tras veinte años de ejercicio.

La ley de la Corte Constitucional señala que los cinco nombramientos que corresponden a la judicatura se reparten entre la Corte Suprema (tres miembros), el Consejo de Estado (uno) y al Tribunal de Cuentas (uno), elegidos en todos los casos por mayoría absoluta del tribunal respectivo, con segunda vuelta entre los más votados en caso que no se alcance tal mayoría en primera instancia.

Respecto a los que les corresponde nombrar al Parlamento, los párrafos que determinaban las mayorías necesarias fueron derogados. Finalmente, los cinco que corresponden al presidente de la República son nombrados por decreto, refrendado por el presidente del Consejo de Ministros.

Al presidente lo nombra la propia Corte para un mandato de tres años, aunque puede ser reelegido. Ahora ocupa el cargo Silvana Sciarra.

3. Francia: los expresidentes son miembros natos

Número de miembros: 9

El Consejo Constitucional lo forman nueve miembros, que se renuevan cada nueve años por tercios cada tres años. La Constitución, en su artículo 56, establece que, además de los nueve miembros mencionados, “los expresidentes de la República serán miembros vitalicios de pleno derecho del Consejo Constitucional”. Por tanto, podría darse la peculiaridad de que entre sus miembros haya personas ajenas a la profesión jurídica.

De los nueve magistrados, tres son nombrados por decisión del presidente de la República, quien también nombra al presidente del Consejo. Tres miembros son nombrados por el presidente de la Asamblea Nacional y otros tres, por el presidente del Senado.

Una ley orgánica recoge que los cargos que nombra el presidente de la República deben pasar por audiencia pública ante la Comisión constitucional de cada asamblea parlamentaria. Desde la revisión constitucional de 2008, se puede vetar el nombramiento del candidato presentado por mayoría de tres quintos de los votos emitidos.

El actual presidente del Consejo es Laurent Fabius, nombrado el 19 febrero de 2016 por François Hollande, presidente de la República. Antes de eso, ha sido ministro de diferentes carteras e incluso primer ministro (1984-1986) o primer secretario del Partido Socialista, con el que también fue diputado varias décadas.

4. Austria: el Gobierno nombra a 8 de 14 miembros

Número de miembros: 14

Tal y como señala su Constitución en el artículo 147, la Corte Constitucional está compuesta por un presidente, un vicepresidente, 12 miembros adicionales y seis miembros suplentes, siendo esto último una peculiaridad del país.

El presidente del Gobierno nombra al presidente y al vicepresidente del Tribunal Constitucional, a seis miembros titulares y tres suplentes, por recomendación del Gobierno federal. Los seis vocales y tres suplentes restantes también son designados por el presidente del Gobierno, pero esta vez a propuesta del Consejo Nacional o Nationalrat (tres miembros y dos suplentes) y el Consejo Federal o Bundesrat (tres miembros y un suplente).

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