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Corte Suprema de Canadá.

Condena por posesión de armas y drogas queda a firme a pesar de la existencia de errores durante la detención del acusado: sus derechos fueron afectados moderadamente.

La conducta que subyace al arresto del acusado y las inspecciones relacionadas fueron involuntarias, no deliberados y reflejaron un error honesto acerca de si la gabapentina era una sustancia controlada; el oficial que lo arrestó trató de respetar los derechos del recurrente en todo momento y no mostró una ceguera voluntaria o un flagrante desprecio por su persona.

11 de enero de 2023

La Corte Suprema de Canadá desestimó el recurso de apelación deducido por un condenado que alegó vicios policiales durante su detención, al considerar que no fueron suficientemente gravosos como para afectar gravemente sus derechos.

El recurrente fue fiscalizado por efectivos policiales tras chocar con su auto una señal de tránsito. Durante la revisión, uno de los oficiales observó una pastilla de gabapentina que estaba a la vista y creyó erróneamente que era una sustancia controlada (ilegal). Ello motivó que fuera arrestado y que la policía realizara una inspección más profunda dentro del vehículo, que finalmente arrojó la existencia de armas y drogas.

Durante su juicio en sede penal solicitó la exclusión de las pruebas presentadas en su contra. Alegó que su detención fue ilegal, puesto que se vulneraron sus derechos contra las detenciones e incautaciones arbitrarias, consagrados en los artículos 8 y 9 de la Carta de Derechos.

El tribunal desestimó sus alegaciones por considerar que los efectivos policiales tuvieron motivos plausibles para estimar la existencia de un delito, lo cual fue correcto, por lo que fue condenado por posesión ilegal de armas y drogas.

No conforme con la decisión del juez ad quem que confirmó el fallo impugnado en todas sus partes, recurrió a la Corte Suprema.

En su análisis de fondo, la Corte observa que “(…)  el derecho contra la detención arbitraria se infringe cuando la detención se basa en un error de derecho. Es ilegal que la policía arreste a alguien basándose en un error de derecho y un arresto ilegal es necesariamente arbitrario. Se permite un arresto sin orden judicial cuando el oficial que arrestó subjetivamente tiene motivos razonables y probables para el arresto, y esos motivos son justificables desde un punto de vista objetivo. El concepto de motivos razonables se refiere a los hechos, no a la existencia de un delito en derecho”.

En el caso concreto, advierte que “(…)  la detención del imputado fue ilegal y arbitraria. Si bien el oficial que lo arrestó creyó subjetivamente que tenía motivos razonables y probables para arrestar al acusado por posesión de una sustancia controlada, su creencia subjetiva se basó en un error de derecho, dado que, aunque identificó correctamente la píldora como gabapentina, se equivocó sobre su estatus legal. Un allanamiento sin orden judicial es prima facie irrazonable y, por lo tanto, contrario a la Carta.  En el presente caso, el cacheo inicial del acusado y el registro de su automóvil, que supuestamente se llevaron a cabo como parte del arresto, infringieron la Carta porque la aprehensión fue ilegal”.

Agrega que, sin perjuicio de lo anterior, el segundo cacheo y la revisión al desnudo “(…) no infringieron la Carta. El segundo cateo de la persona del acusado fue un incidente de cateo legal relacionado con la detención investigativa relacionada con la investigación de la colisión de tránsito. El oficial que lo arrestó tenía motivos razonables para creer que su seguridad o la seguridad de los demás estaba en peligro. Expresó preocupaciones subjetivas sobre la seguridad, aunque solo sea implícitamente, y esas preocupaciones eran objetivamente razonables en las circunstancias del caso. En cuanto al registro al desnudo en la comisaría, dado que el acusado fue detenido legalmente por los delitos de armas después de que la munición y el arma de fuego cayeron de sus pantalones, fue incidental a este arresto y se llevó a cabo razonablemente”.

Para la Corte “(…) la conducta que subyace al arresto del acusado y los registros relacionados con el arresto fueron involuntarios, no deliberados y reflejaron un error honesto acerca de si la gabapentina era una sustancia controlada; el oficial que lo arrestó trató de respetar los derechos del recurrente en todo momento y no mostró una ceguera voluntaria o un flagrante desprecio por su persona; y los hechos revelan un error humano por parte de un solo oficial de policía relativamente inexperto sin evidencia de un problema sistémico o falta de capacitación en la fuerza policial que contribuyó al error. Las infracciones de la Carta derivadas de la detención ilegal y los dos primeros allanamientos tuvieron un impacto moderado en los derechos del condenado”.

En definitiva, señala la Corte que “(…) las búsquedas fueron mínimamente intrusivas. La evidencia incautada era confiable y relevante para el enjuiciamiento de delitos graves por parte de la fiscalía y su admisión servía a la función de búsqueda de la verdad. Esta línea de investigación tira fuertemente hacia la admisión. El balance final no exige la exclusión de la evidencia para proteger la reputación a largo plazo del sistema de justicia. Excluir la evidencia dañaría, en lugar de reivindicar, la reputación a largo plazo del sistema de justicia penal”.

En mérito de lo expuesto, la Corte resolvió desestimar el recurso por lo que quedó a firme el fallo impugnado.

 

Vea sentencia Corte Suprema de Canadá 2022 CCS 12.

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