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Imagen: Municipalidad de La Florida
Vecina lo denunció por notable abandono de deberes.

Tribunal Electoral Regional declaró inadmisible requerimiento de remoción contra el Alcalde de La Florida, Rodolfo Carter.

Los concejales de la comuna son los exclusivos titulares de la acción de remoción de un Alcalde.

8 de abril de 2023

El Segundo Tribunal Electoral Regional de la Región Metropolitana declaró inadmisible el reclamo de remoción en contra del Alcalde de La Florida, Rodolfo Carter, por presuntamente incurrir en notable abandono de deberes.

En el caso que un Alcalde incurra en acciones u omisiones que constituyan notable abandono de deberes o en contravenciones graves a las normas sobre probidad administrativa, la ley faculta a los concejales de la comuna para solicitar al Tribunal Electoral Regional su remoción e inhabilitación para ejercer cargos públicos.

La solicitud de remoción contra el Alcalde Carter fue presentada por una vecina de la comuna, quién denunció a la autoridad comunal de “participar en funerales, en canales de televisión durante horas, perdiendo el tiempo y no dándole importancia a todos los requerimientos de vecinos con respecto al estado en la comuna que vivimos”.

El Tribunal declaró inadmisible el requerimiento, ya que la remoción de un Alcalde en “ningún caso puede ser solicitada por un particular, como en el caso de autos, puesto que la titularidad de la acción para perseguir la eventual responsabilidad del Alcalde, recae en los Concejales en ejercicio, razón por la cual resulta preciso concluir que la actora carece de la legitimidad activa necesaria para poder incoar la acción.”.

 

Vea reclamación y la resolución que la declara inadmisible en causa Rol Nº26-2023 del Segundo TER de la Región Metropolitana.

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