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Imagen: Gobierno Regional de Coquimbo
Ley sobre Gobierno y Administración Regional.

TRICEL declara admisible requerimiento de remoción de Gobernadora Regional de Coquimbo.

La totalidad de los consejeros regionales solicitaron su remoción por notable abandono de sus deberes e incurrir en faltas graves a la probidad.

9 de abril de 2023

El Tribunal Calificador de Elecciones declaró admisible el requerimiento de remoción en contra de la Gobernadora Regional de Coquimbo, Krist Naranjo Peñaloza, por incurrir en un notable abandono de sus deberes y en faltas graves a la probidad.

La Ley sobre Gobierno y Administración Regional señala que “se considerará que existe notable abandono de deberes cuando el gobernador regional transgrediere, inexcusablemente y de manera manifiesta o reiterada, las obligaciones que le imponen la Constitución Política de la República y las demás normas que regulan el funcionamiento del gobierno regional, y en aquellos casos en que una acción u omisión, que le sea imputable, cause grave detrimento al patrimonio del gobierno regional, o afecte gravemente la actividad de éste destinada a dar satisfacción a las necesidades básicas de la comunidad regional”.

La ley faculta a los consejeros regionales para solicitar al TRICEL su remoción o la aplicación de algunas de las medidas disciplinarias del Estatuto Administrativo, como multa, censura o suspensión del cargo.

La solicitud de remoción contra la Gobernadora Naranjo fue presentada por la totalidad de los consejeros regionales de la Región de Coquimbo, quienes denunciaron una serie de irregularidades en su gestión: mal uso del vehículo fiscal, ya que se trasladaba a citas médicas, supermercados y malls en el auto de la gobernación; realización de viajes internacionales a México, Argentina y Egipto, sin una programación clara de las actividades a realizar, con reiterados cambios de pasajes que han generado un gasto innecesario para el servicio y sin informar los avances, actividades o frutos de aquellos viajes al Consejo; denuncias de maltrato laboral, cuyas víctimas fueron desvinculadas de la Gobernación; el incumplimiento en los plazos establecidos con la ejecución presupuestaria, ya que al 13 de diciembre de 2022 solo alcanzaba al 48,02% del presupuesto total; incumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo Regional; y trasgredir las normas contenidas en la Ley sobre Cambio Climático, al no citar a la cuenta pública obligatoria establecida en la norma.

El Tribunal declaró admisible el requerimiento y ordenó, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N°18.593, la notificación por avisos en un diario de la ciudad capital de la región.

 

Vea reclamación en causa Rol Nº37-2023 del TRICEL.

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  1. Una vergüenza está mujer que a significado un grave deterioro y retraso para la región.Al.final todo cae por su propio peso.Debe ser.destituida inmediatamente y reemplazada por una persona idónea y competente para el cargo .

  2. necesitamos tener en esta región un gobernador que conozca los problemas de de esta, que la ame y este dispuesto a trabajar por ella sin ideologias