Labor que deberá llevar adelante la Superintendencia de Salud, en cada caso.
Corte Suprema resuelve recursos de protección en materia de alza de planes de isapres y GES.
En primer término, la Tercera Sala rechazó los recursos de protección que impugnaron el alza del plan base fijado para las Isapres por la Superintendencia de Salud. En segundo lugar, el tribunal acogió los recursos de protección que impugnaban el monto de la prima GES, estableciendo que la base del alza es de 7, 22567 unidades de fomento anual por beneficiario, promedio del Estudio de Verificación de Costos elaborado por la Facultad de Economía de la Universidad de Chile, el cual no puede afectar el valor ya establecido en el periodo 2019 - 2022 por cada Isapre.

La Corte Suprema resolvió los recursos de protección en materia de alzas de planes isapres y ordenó mantener el aumento del plan base fijado por la Superintendencia de Salud para el año 2023 e, igualmente, resolvió conservar para el período 2022-2024 el valor de la prima GES que las aseguradoras fijaron para el periodo anterior (2019 – 2022), omitiendo cualquier decisión respecto de la devolución de las sumas cobradas en exceso, labor que deberá llevar adelante la Superintendencia de Salud, en cada caso.
En primer término, la Tercera Sala rechazó los recursos de protección que impugnaron el alza del plan base fijado para las Isapres por la Superintendencia de Salud.
El fallo señala que, de acuerdo a lo que se viene diciendo, no es posible considerar el proceso 2023-2024 de manera aislada, puesto que esta Corte ya ha tenido oportunidad de realizar un análisis del proceso de adecuación 2022-2023, fijando parámetros concretos a la luz de los cuales corresponde evaluar la eventual ilegalidad o arbitrariedad en el alza del precio base comunicada al recurrente.
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