Enviado a la presidencia del Senado.
Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley regula cumplimiento alternativo de condenados con enfermedad terminal.
El máximo tribunal, en general, se manifiesta a favor de la iniciativa legal, pero advierte sobre el impacto que podría ocasionar la propuesta en los casos de condenados por casos de violaciones a los derechos humanos.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley que “Regula el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad, para condenados que padezcan enfermedad terminal o menoscabo físico grave, o que hayan cumplido determinada edad”. Informe que fue enviado a la presidencia del Senado ayer, miércoles 23 de agosto.
El máximo tribunal, en general, se manifiesta a favor de la iniciativa legal, pero advierte sobre el impacto que podría ocasionar la propuesta en los casos de condenados por casos de violaciones a los derechos humanos.
El pleno de ministros plantea que, además de la regulación generalmente aplicable a los derechos humanos de la población privada de libertad, parece especialmente atingente el artículo 13 de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores que cita la moción, promulgada en nuestro país mediante el Decreto Supremo N° 162 de 1 de septiembre de 2017, y que dispone la obligación de los Estados Parte de promover ‘[…] medidas alternativas respecto a la privación de libertad, de acuerdo con sus ordenamientos jurídicos internos’ y; por otro lado, opiniones de la CIDH, en que ha señalado que ‘la falta de atención médica adecuada no satisface los requisitos materiales mínimos de un tratamiento digno conforme a la condición de ser humano en el sentido del artículo 5 de la Convención Americana [sobre Derechos Humanos]’.
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