Opinión.
Presidente de la Corte Suprema: “El debido proceso constituye un derecho y una garantía para el justiciable, puesto que permite o realiza la tutela judicial efectiva”.
“La idea del debido proceso parte de la base de que el iter judicial no puede desarrollarse de cualquier forma, sino que debe cumplir con un estándar de calidad, con ciertas particularidades o elementos legitimantes. Sin esas características mínimas, lo que se puede alcanzar es solo una apariencia o ilusión de justicia”, dijo el presidente.

El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera, encabezó una nueva ceremonia de juramento de abogados y abogadas, oportunidad en que reflexionó sobre la relevancia del debido proceso.
El presidente afirmó que “la idea del debido proceso parte de la base de que el iter judicial no puede desarrollarse de cualquier forma, sino que debe cumplir con un estándar de calidad, con ciertas particularidades o elementos legitimantes. Sin esas características mínimas, lo que se puede alcanzar es solo una apariencia o ilusión de justicia”.
Definió que “la sentencia, que es el acto terminal con que el Estado dirime la controversia que se le ha presentado, se legitima a través de un proceso equitativo y respetuoso de todas las garantías de racionalidad y justicia que permitan a las partes incidir en los resultados del juicio en que participan.
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