Recurso de protección rechazado por Corte de Temuco.
Demandar que se renueven concesiones otorgadas sobre locales comerciales licitados no es un asunto que pueda la Corte resolver y declarar en sede de un recurso de protección.
Además, ha quedado en evidencia que la Municipalidad de Villarrica, haciendo uso de sus facultades, decidió entregar la concesión de los locales a organizaciones sin fines de lucro.

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Villarrica por no renovar el contrato de concesión a tres locales comerciales ubicados en la playa grande de Lican Ray.
Los actores reclaman que a pesar de haber solicitado al municipio la renovación de la concesión de tres locales comerciales a través de carta certificada con tres meses de anticipación a la fecha de término de la concesión, como exigían las Bases Administrativas Especiales, la recurrida, a través de Decreto Alcaldicio decidió no renovarlo, lo que solo se notificó dos días antes de que se terminara el contrato de concesión, esto es, el 29 de noviembre de 2023, en circunstancias que el contrato que entró en vigencia el 25 de diciembre de 2021 vencía el 30 de noviembre de 2023.
Aducen que, la decisión obedece a criterios antojadizos y sensibilidades más bien personales por parte de funcionarios que toman las respectivas decisiones internas, desde que no sólo como adjudicatarios han sido absolutamente diligentes en cumplir sus obligaciones contractuales emanadas del contrato de concesión, sino que, además, no cumplió con las bases establecidas, por cuanto los contratos iban a ser renovados si los concesionarios solicitaban su renovación por carta certificada con tres meses de anticipación a la fecha de termino de la concesión, debiendo la Municipalidad comunicar el rechazo o aceptación dentro de 30 días siguientes a la fecha de la solicitud, lo cual no ocurrió, pues respondieron tres meses después.
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