Requerimiento de inaplicabilidad.
Alcalde de Municipalidad de Loncoche impugna ante el Tribunal Constitucional norma que permite a la Contraloría General de la República destituirlo de su cargo por uso indebido de vehículo fiscal.
Alega que al igual que en el caso del presidente Petro de Colombia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara en sostener que la destitución de un funcionario público democráticamente electo por una autoridad administrativa vulnera los derechos políticos, de modo que el ente contralor no posee las facultades de destituir a los ciudadanos que ocupan cargos de elección popular.

El Alcalde de la Municipalidad de Loncoche, Alexis Pineda, solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 11 del Decreto Ley N°799, de 1974, que Deroga la Ley N°17.054 y dicta en su reemplazo disposiciones que regulan el uso y circulación de vehículos estatales.
El precepto legal impugnado establece:
“Artículo 11.- Toda infracción a lo dispuesto en el presente decreto ley será sancionada con alguna de las medidas disciplinarias establecidas en el Estatuto Administrativo, inclusive la destitución, y de acuerdo con el procedimiento establecido en este artículo.
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