Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado.

Exhumación y traslado de restos desde cementerio de Parral a uno ubicado en Santiago, se ajusta a derecho.

La tía de la fallecida intentó revertir la orden de la Seremi de Salud del Maule, que autorizó el traslado a petición del cónyuge sobreviviente de su sobrina que por disposición del Reglamento General de Cementerios, es el pariente legitimado más próximo para decidir el lugar de último descanso de su esposa.

Por Redacción·02 de junio de 2024·3 min de lectura
Imagen: eldiariony.com
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Talca, que rechazó el recurso de protección interpuesto por una persona en contra de la Seremi de Salud de la Región del Maule, por autorizar el traslado del cuerpo de su fallecida sobrina desde el cementerio de Parral, hasta uno de la comuna de Huechuraba, en Santiago.

La recurrente indicó que su sobrina falleció en 2022, y momentos antes del deceso, en presencia de todo el grupo familiar -incluso el cónyuge, también recurrido-, les comunicó que su última voluntad era que la sepultaran en la cripta que la familia materna tiene en un cementerio de la ciudad de Parral. Lugar al que fueron llevados sus restos.

Por lo anterior, la actora indica que la resolución dictada por la recurrida, que autoriza el traslado de su sobrina hasta Santiago -a petición del cónyuge sobreviviente-, es arbitraria e ilegal y vulnera el debido proceso, la libertad de conciencia y el derecho de propiedad. Respecto de este último derecho, aduce que no fue notificada de la exhumación, en circunstancias que por ser la dueña de la tumba debió ser avisada de dicha actuación.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.